n Cuestiona una circular
Global Exchange pide amparo contra regulación del INM
David Aponte n La organización no gubernamental estadunidense Global Exchange interpuso un recurso legal ante los tribunales mexicanos para solicitar la inconstitucionalidad de las reglas y requisitos impuestos por la Secretaría de Gobernación a los observadores extranjeros de derechos humanos que viajan a México, principalmente al estado de Chiapas.
El juzgado primero en materia administrativa dio entrada a la solicitud de amparo contra la circular del Instituto Nacional de Migración (INM) emitida en octubre de 1998, y fijó la audiencia constitucional para el 23 de septiembre de 1999 para determinar la procedencia de la petición del grupo con sede en la ciudad de San Francisco, California.
En el escrito presentado a los tribunales mexicanos, el director del programa de Global Exchange para México, Ted Lewis, argumentó que la circular INM/001/98 -- mediante la cual el gobierno mexicano crea las nuevas reglas para la internación de observadores extranjeros de derechos humanos -- viola diversos artículos y garantías de la Constitución y la Convención Americana de Derechos Humanos.
Ni el documento de referencia ni la figura de visitante observador internacional de derechos humanos están considerados en la Ley General de Población. Por tanto, no forman parte de las leyes mexicanas, consideró el estadunidense.
"Es inconstitucional, y por lo tanto contraria a los artículos 14 y 16 (de la Constitución), la circular número INM/001/98, toda vez que se está creando una especie de forma migratoria de visitante, siendo que esta labor es propia de un proceso legislativo en el Congreso de la Unión, en donde se adicione a la Ley General de Población la calidad migratoria citada, y asimismo se integre al reglamento de la Ley General de Población...", alegó.
Lewis, quien viajó a México en mayo pasado como visitante observador internacional de derechos humanos por cinco días sin derecho a prórrogas, manifestó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya ha determinado que circulares como la expedida por el INM, no tienen valor equiparable a una disposición legislativa. En todo caso son mandamientos expedidos para regular la actuación interna de alguna dependencia del gobierno, indicó.
"En este sentido, la inconstitucionalidad de la circular INM/001/98 también estriba en que, además de imponer ilegalmente obligaciones a los gobernados, también contraviene diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, puesto que limita derechos inalienables e imprescriptibles para quienes se encuentren en territorio nacional, y que están establecidos en la Constitución".
El estadunidense consideró en su escrito que las reglas de la Secretaría de Gobernación discrepan con el contenido de la Ley General de Población; adicionalmente violan la garantía constitucional de libre tránsito y contravienen la Convención Americana sobre Derechos Humanos, principal- mente en sus preceptos de derecho de reunión, circulación y residencia, agregó.
Lewis solicitó la representación legal en México de diversos abogados y del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, para afrontar el juicio de amparo en contra de las reglas del Instituto Nacional de Migración.