* Se apoderó ilegalmente de material radiactivo


Demanda contra Dupont y dos filiales por plagio de productos

* Según Cyncor, afectaría la seguridad radiológica del país

Roberto Garduño * La empresa Cyncor de México interpuso una demanda ante la Procuraduría General de la República (PGR) contra la compañía trasnacional Dupont por apoderarse, transportar y utilizar indebidamente materiales radiactivos de origen nacional para alterar el mercado de los productos relacionados con el desarrollo de la medicina nuclear que realizan instituciones públicas y privadas en este país.

Esta denuncia de prácticas monopólicas --sin precedente en México, por la naturaleza de los productos que se manejan-- señala a las filiales Dupont Merck Pharmaceutical Company, Dupont Pharma y Accesorios para Laboratorios, SA, de haber burlado la normatividad mexicana sobre energía nuclear, al apropiarse y exportar ilegalmente a Estados Unidos material radiactivo sin tener derecho.

El abogado Guillermo Sesma Mauleón presentó la querella a favor de Cyncor, empresa que utiliza y manufactura productos para la medicina nuclear en territorio nacional. Según el quejoso, la compañía mexicana tiene establecida una radiofarmacia que centraliza la operación de los productos para el diagnóstico de la medicina nuclear, es decir, es la única autorizada para distribuir los ejemplares del producto llamado unidosis sestamibi-TC99m.

La denuncia de hechos refiere que la compañía Dupont ''ha querido proponer conflictos factuales y normativos contra Cyncor para desplazarla de su mercado. Para eso, en unión de Dupont Pharma, Accesorios para Laboratorios y Leopoldo L. Camín (Market Manager International), instigaron, planearon y ejecutaron comportamientos para apoderarse del producto radiactivo terminado en las instalaciones de los clientes de Cyncor''.

 

Adquisición sospechosa

 

Tanto Dupont como sus filiales, señala la querella, obtuvieron en Médica Sur, Clínica Chopo y en el Hospital de la Beneficencia Española (Hospital Español), varios ejemplares de unidosis sestamibi-TC99m. Una vez con ellos, los transportaron para ser analizados en sus instalaciones de Estados Unidos.

''La apropiación, transportación y utilización con el propósito definido constituyen un conjunto de conductas que afectan el bien jurídico consistente en la seguridad radiológica del país y evidentemente de la que es titular la sociedad de Estados Unidos de Norteamérica'', indica la denuncia.

Sesma argumenta en el texto de la querella que las tres empresas incurrieron en acciones relacionadas con la titularidad de la propiedad intelectual de los productos radiactivos, ''y el contenido y la forma de sus instancias confirma que se han conducido con falsedad y simulando puniblemente actos jurídicos''.

De esta forma se desglosa en el documento que el señor Camín violó los derechos de Cyncor al tratar de explotar ilegítimamente la distribución de los materiales radiactivos, con la finalidad de producir la unidosis, pero este personaje se presentó posteriormente al domicilio de la empresa citada bajo el argumento de inspeccionar las instalaciones con una presunta orden del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

Esta actitud fue denunciada por Cyncor, quien acusa a Dupont de afectar bienes jurídicos de orden público, como la seguridad radiológica, el equilibrio ecológico y el mercado en relación con sus manifestaciones estrictamente económicas.

Sobre el particular la denuncia señala: ''En beneficio de la exposición de hechos manifiesto que existen dos patentes, las números 168, 821 y 171979, cuyos resultados son los procedimientos para la preparación de isonitrillos sustituidos con éter y de composición''. De estas fórmulas se obtiene la unidosis.

Así, este producto se vende y se adquiere bajo el régimen de licencias de empleo de sustancias radiactivas. El vendedor y el comprador deben contar con la infraestructura necesaria para la operación de materiales de esa naturaleza. El personal médico, auxiliar y de operación comercial unidosis deben estar autorizados para su manejo.

La naturaleza de ese material radiactivo impone el deber de adquirirlo y utilizarlo en un tiempo breve, pero de no ser así, éste debe devolverse siguiendo la norma y reglamentación para la transportación de sustancias radiactivas. Además, ningún comprador puede destinarla a terceros mediante actos de donación o compra-venta, de no ser aquellos que lo requieren para diagnostico médico.

En resumen, se lee en la denuncia, la compañía Dupont, Accesorios para Laboratorios y Leopoldo Camín ''se apoderaron, transportaron y utilizaron indebidamente material radiactivo. Después, aprovecharon esta circunstancia y han comparecido ante las autoridades mexicanas simulando actos y escritos jurídicos en contra de las leyes federales de este país'', concluye el litigante en su denuncia ante la PGR.