n Argumentó extemporaneidad para comprobar gastos de campaña
Desechó el Tribunal Electoral demanda contra el PRI
Jesús Aranda n La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió ayer que es improcedente, por extemporánea, la demanda que interpuso el PRD sobre presuntas irregularidades en los ingresos y gastos de campaña del PRI en los años 1993 y 1994. Esto en virtud de que había un acuerdo del Consejo General del IFE que establecía que los partidos políticos estaban obligados a conservar su documentación respectiva sólo por un año, por lo que pretender abrir el tema cuatro años después habría dejado al PRI en estado de indefensión por no contar con los documentos necesarios para defenderse.
Por cuatro votos contra uno, los magistrados establecieron también que su fallo -definitivo e inatacable- se restringe exclusivamente al ámbito electoral, por lo que quedaron abiertas las puertas a otras instancias (en concreto a la Procuraduría General de la República), para que investigue si las recientes revelaciones del ex director de Aeroméxico, Gerardo de Prevoisin, así como de los ex banqueros Carlos Cabal Peniche y Angel Isidoro Rodríguez, El Divino, constituyen indicios suficientes para integrar alguna averiguación al respecto.
Sólo el magistrado Mauro Miguel Reyes Zapata -quien votó en contra- dijo que el hecho de que el PRI sólo estuviera obligado a conservar un año su documentación electoral no era obstáculo para que la Comisión de Fiscalización investigara a fondo la denuncia perredista.
La resolución del TEPJF contempló también una crítica al Consejo General del IFE y a la Comisión de Fiscalización de Gastos de Partidos y Agrupaciones Políticas del IFE, por haber dado entrada a la queja del PRD, toda vez que la demanda en contra del PRI era extemporánea. En este sentido, el Tribunal Electoral modificó la sentencia de la citada comisión que calificó inicialmente la demanda perredista como "parcialmente fundada", para establecer que sencillamente era "improcedente".
En su intervención ante el pleno, el presidente del TEPJF, José Luis de la Peza, cuestionó la intención del PRD de reabrir el asunto: "ƑCómo puede la Comisión Fiscalizadora revisar los gastos de campaña si el IFE ya había autorizado a todos los partidos que al año de los comicios destruyeran la documentación correspondiente? No sería leal en un Estado democrático de derecho". Asimismo, señaló que precisamente el que la ley establezca plazos para la retención de documentación constituye un principio de seguridad jurídica que necesariamente está vinculado con la aportación de pruebas.
En conferencia de prensa, José Luis de la Peza y la magistrada Alfonsina Bertha Navarro dejaron en claro que, en caso de que el IFE hubiera establecido un tiempo mayor para que los partidos mantuvieran su documentación (apenas en febrero el IFE reformó su criterio y estableció que son cinco los años que los partidos deben mantener sus documentos sobre gastos de campaña), entonces la demanda perredista habría procedido.
Explicaron que si la misma situación se repitiera en las actuales circunstancias, ya con nuevas reglas, en que se diera a conocer información "adicional" sobre los ingresos "de un partido x", entonces la demanda sí habría procedido y la Comisión de Fiscalización del IFE tendría que haber analizado no sólo la documentación aportada por el PRI, sino también tiene la facultad de solicitar información a otras dependencias -como la Comisión Nacional Bancaria y de Valores-, para investigar a fondo los hechos.
De la Peza afirmó que en su resolución, los magistrados electorales no entraron al fondo del asunto, ni verificaron las denuncias sobre las presuntas aportaciones ilegales de Prevoisin, Cabal Peniche o Angel Isidoro Rodríguez, "simplemente resolvimos que habiendo transcurrido un año, había cesado la facultad investigadora de la Comisión de Fiscalización".
Por razones de seguridad jurídica, dijo, cuando una persona tiene la obligación de conservar documentos por un plazo determinado, extinguido ese periodo ya no se le puede investigar, porque ya no tiene los elementos para ilustrar, y, eventualmente, para defenderse.