n El ordenamiento de 1972 quedó rezagado, aduce la iniciativa
Se impulsa en el Senado un proyecto de nueva ley de patrimonio cultural
n En la preservación de esa riqueza deben participar los tres niveles de gobierno y la sociedad civil
Renato Ravelo y Andrea Becerril n En el Senado hay un proyecto de iniciativa para sustituir la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos de 1972, ya que ésta ''ha quedado rezagada ante la dinámica del desarrollo social y ha dejado de ser un instrumento útil para la autoridad responsable de su aplicación".
El proyecto que impulsa el presidente de la Comisión de Cultura de esa cámara, el senador panista Mauricio Fernández Garza, se encuentra en la etapa de consenso para ser presentado ante el pleno, pues no cuenta con la aprobación de los legisladores priístas, entre ellos Oscar López Velarde.
La iniciativa ųque se fundamenta en el artículo 73 constitucional que faculta al Congreso de la Unión para legislar en materia de monumentos arqueológicos, artísticos e históricosų considera en su exposición de motivos que ''la rápida transformación de las condiciones de vida en las entidades federativas la hacen marchar a la zaga de los otros marcos jurídicos como son los ámbitos de asentamientos humanos, desarrollo urbano, equilibrio ecológico y protección del ambiente, turismo y desarrollo social".
Apenas la semana pasada, a iniciativa de la misma comisión y con el apoyo del senador priísta Eloy Cantú Segovia, el pleno del Senado aprobó las reformas al artículo 73, fracción XXIV, de la Constitución, mediante las cuales se atribuye competencia del Congreso de la Unión para ''legislar sobre vestigios o restos fósiles".
Dicha modificación sentó las bases legislativas para que sea posible que el Senado ųde lograrse el consenso entre los partidosų apruebe la iniciativa de ''Ley sobre vestigios y restos fósiles", también promovida por el presidente de la Comisión de Cultura, que suprimiría la competencia del Instituto Nacional de Antropología e Historia en la protección del patrimonio paleontológico, para dejarlo a cargo de la Secretaría del Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca.
Insuficientes, los presupuestos
El proyecto considera que la actual ley con ''su carácter federal favorece actitudes centralistas, lo que no incentiva a los estados de la Federación a desarrollar o aplicar su propia legislación en la materia. De la misma forma, la participación de la sociedad queda acotada a órganos coadyuvantes para la conservación y vigilancia del patrimonio".
Se considera en la iniciativa que ''el patrimonio se encuentra en un estado de indefensión frente a factores no considerados o ajenos a la misma, como son la especulación inmobiliaria, la insuficiencia de recursos federales o privados para la conservación, la asignación de usos de suelo, el saqueo y tráfico ilícito de bienes culturales, la falta de inventarios completos de bienes muebles e inmuebles, aspectos que explican el deterioro constante, alteración y destrucción de que es objeto nuestro legado cultural, a pesar de los esfuerzos que realizan las asociaciones civiles y personas en lo individual".
En sus términos actuales, la ley de 1972, considera el proyecto: ''No establece un adecuado procedimiento que permita distinguir las conductas ilícitas de las sanciones de carácter administrativo, y tipifica únicamente delitos que, en el contexto actual, requieren de una revisión profunda".
Destaca la iniciativa, como ''uno de los hechos más sobresalientes a los que la ley vigente no da cauce, el interés manifiesto de las entidades federativas, municipios y organizaciones sociales en la protección, conservación y posible aprovechamiento del patrimonio cultural. A este respecto, cabe destacar que la riqueza patrimonial de nuestro país es tan vasta, que ningún presupuesto sería suficiente para responder cabalmente a su conservación dentro de los estándares internacionales de la protección del patrimonio".
Concluye la exposición de motivos: ''De la misma forma, a pesar de los nobles esfuerzos desarrollados por el Instituto Nacional de Antropología e Historia y del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, se enfrentan ante la incapacidad de responder adecuadamente, en forma exclusiva, a la enorme tarea de atender el patrimonio cultural".
La propuesta
El proyecto del presidente de la Comisión de Cultura de la Cámara de Senadores incluye 78 artículos en la ley y siete transitorios entre los que destaca que el INAH integraría las funciones que actualmente tiene el INBA y la Dirección General de Sitios y Monumentos, así como una propuesta de modificación al artículo 73, fracción XXV, de la Carta Magna.
La iniciativa coincide con la reciente campaña del INAH por modificar la legislación en la materia, aunque ambos planteamientos presentan divergencias.
Para responder a lo que el dictamen considera el rezago ante la dinámica del desarrollo social, se propone un ''sistema nacional de coordinación en materia de protección, acrecentamiento y desarrollo del patrimonio cultural de la nación".
Dicha instancia esta encaminada a que ''los tres ámbitos de gobierno deberán contemplar, en sus planes nacional y parciales de desarrollo y en sus programas sectoriales, los objetivos, estrategias y líneas de acciones que impulsen una política integral para dicho propósito".
Dos entidades se encargarían de coordinar dichas acciones: el consejo general de patrimonio cultural de la nación y el comité permanente de protección y acrecentamiento del patrimonio cultural de la nación. El primero lo presidirían el secretario de Educación Pública y los gobernadores. El segundo lo integrarían el presidente del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, el secretario ejecutivo del INAH y representantes de ocho zonas del país.
Quizá la más significativa de las modificaciones al INAH la tendría su actual estructura, si bien sus funciones de preservación, conservación y registro permanecen intactas o similares.
Imponer sanciones más severas
En su estructura, con este proyecto el INAH estaría normado por un consejo y un secretario ejecutivo. Un total de 15 consejeros integrarían el órgano de gobierno del INAH, entre quienes se contarían los secretarios de Educación Pública, Gobernación, Hacienda y Crédito Público, Desarrollo Social, Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, Contraloría y Desarrollo Administrativo, Turismo, el titular de la Procuraduría General de la República, el del CNCA, diez miembros de la comunidad científica y académica, así como el secretario ejecutivo que haría las funciones del actual director del INAH.
En el área de las penalizaciones para quienes exploren sin autorización del INAH ųque son una de las proveedores del tráfico ilegal de piezas arqueológicasų, el proyecto propone penas de uno a diez años y multas de cien a mil días de salario mínimo.
Igual tratamiento recibirían quienes intervengan en alguna de las partes del proceso de compraventa de patrimonio, a quien dañe el patrimonio a quien lo traslade. Si un funcionario responsable cometiera el delito las sanciones relativas se incrementarán en una mitad más de la señalada.
Un ejemplo del tipo de modificaciones del proyecto lo constituye el procedimiento para la protección de un hallazgo que implicaría que quien lo realice dará aviso a la autoridad municipal y ésta al INAH en un lapso de 48 horas siguientes. La autoridad municipal, en principio, al expedir la constancia de aviso sería la responsable inmediata.