n Procedentes, demandas de juicio político: AMPDH
El plan de remunicipalización en Chiapas, violatorio de la ley
Angeles Mariscal, corresponsal, Tuxtla Gutiérrez, Chis., 24 de abril n Para llevar a cabo su proyecto de remunicipalización, las autoridades estatales pretenden pasar sobre los derechos humanos de cientos de habitantes de los municipios autónomos zapatistas y violar las leyes de la entidad, consideró Miguel Angel de los Santos Cruz, representante en Chiapas de la Academia Mexicana de Promoción y Defensa de los Derechos Humanos (AMPDH).
De los Santos Cruz, quien además es abogado de los indígenas detenidos durante el desmantelamiento de varios municipios autónomos, dijo que, de acuerdo con el capítulo ''De las responsabilidades de los servidores públicos'', de la Constitución Política de Chiapas, es procedente la demanda de juicio político iniciada contra los representantes de los poderes Ejecutivo y Judicial por la remunicipalización y el desarme emprendidos por las autoridades chiapanecas.
Además del sustento jurídico y político de la demanda que iniciaron los cuatro partidos de oposición de la entidad, dijo, debe considerarse que el gobernador interino, Roberto Albores Guillén, ''también es responsable de violaciones graves y sistemáticas a los derechos humanos'', como las cometidas en las operaciones policiaco-militares llevadas a cabo en Taniperla, Amparo Agua Tinta, Nicolás Ruiz, El Bosque, Ocosingo y, recientemente, en Cintalapa.
De igual forma, subrayó que en esas acciones se efectuaron detenciones arbitrarias que violaron los derechos humanos de por lo menos 600 personas, y no sólo se violó la Constitución mexicana, sino también disposiciones internacionales que protegen esas garantías.
En cuanto al presidente del Supremo Tribunal de Justicia del estado, Noé Castañón, Miguel Angel de los Santos Cruz explicó que el magistrado ha violado constantemente el artículo 55 de la Constitución del estado, la cual estipula: ''Ningún funcionario de administración de justicia podrá aceptar o desempeñar otro empleo o cargo, salvo los de docencia y los honoríficos en asociaciones científicas, artísticas o de beneficencia''.
Al ser nombrado presidente del Consejo de la Comisión de Remunicipalización, Castañón viola el mencionado artículo, ''a menos que se asuma que es una asociación artística, y su actividad es parte del teatro por el cual se hace creer que se cumplen demandas de los pueblos indígenas'', ironizó el activista.
Puntualizó que la Comisión de Remunicipalización es un órgano eminentemente político, lo cual debería ser suficiente para explicar lo ''absurdo y vergonzoso'' que resulta que la presida el depositario del Poder Judicial en Chiapas, ''por muy honorífico que sea el cargo''.
Recordó que Albores Guillén ya presentó la iniciativa de ley sobre remunicipalización. En ese sentido, ''debemos entender que el depositario del Poder Judicial, en funciones de presidente honorario de la Comisión de Remunicipalización, desarrolla funciones de auxiliar del titular del poder político, del Poder Ejecutivo. Entonces, Ƒdónde quedó la independencia de los poderes? La independencia del Poder Judicial respecto de los otros poderes constituye una garantía de seguridad jurídica del ciudadano''.
Además, recordó el abogado, el magistrado Noé Castañón es el encargado del órgano que enjuicia a varios integrantes de municipios autónomos, quienes provienen de lugares donde la instancia que él también preside sugiere que se creen más municipios oficiales, y ha estado en las dos entregas de armas de presuntos militantes del Ejército Zapatista de Liberación Nacional.
Con su participación en la Comisión de Remunicipalización, el titular del Poder Judicial sólo ha exhibido su subordinación al gobernador interino, ''quien de hecho es el depositario de los tres poderes públicos'', concluyó el abogado.