n Antonio Gershenson n
Electricidad y Constitución
Se difundió la exposición de motivos de la propuesta de cambio constitucional en materia de electricidad. Siguieron declaraciones, en las que diferentes partidarios de este cambio daban diferentes motivos del mismo. Es preciso, ahora, hacer más público lo sustantivo del asunto: Ƒen qué consiste, en realidad, el cambio propuesto?
La respuesta a esta pregunta es importante porque los defensores de la iniciativa coinciden en que esta administración no va a llevar a cabo cambios al nivel de los hechos, sino que será el próximo gobierno el que los haga. Y no se sabe quién encabezará, ni qué partido presidirá, el próximo gobierno. Incluso si se parte del supuesto de que a este cambio en la Constitución siga una nueva ley reglamentaria, o cambios a la vigente, bastará que quien gane las elecciones del 2000 logre mayoría simple en las cámaras legislativas, así sea por uno o dos días, para que esa ley vuelva a cambiar. Es la Constitución la que requiere de un proceso más largo para ser modificada, y mayoría de las dos terceras partes en cada cámara.
Artículo 27, parte que se cambia, texto actual:
''Corresponde exclusivamente a la Nación generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público. En esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares y la Nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines''.
Texto propuesto en lugar del anterior:
''Corresponde exclusivamente a la Nación el control operativo de la red nacional de transmisión de electricidad, el cual no podrá ser concesionado a particulares''.
Artículo 28, parte relativa a este asunto:
''No constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las áreas estratégicas a las que se refiere este precepto: ..., electricidad, ...''
Texto propuesto en lugar del anterior:
''No constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas: ..., el control operativo de la red nacional de transmisión de electricidad, ... ... La generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica son áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los términos del Artículo 25 de esta Constitución; el Estado, al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la soberanía de la Nación, y al otorgar concesiones o permisos, mantendrá o establecerá el dominio... de las redes generales de transmisión y de distribución de energía eléctrica, de acuerdo con las leyes de la materia.''
Los cambios son:
1. Se quitan los ''candados'' en cuanto a las facultades exclusivas de la Nación, que pasan de abarcar el servicio público de energía eléctrica, al ''control operativo'' de una de sus áreas, la red nacional de transmisión de electricidad.
2. Las otras áreas de la prestación del servicio público de energía eléctrica pasan de ser estratégicas y exclusivas de la Nación, a ser prioritarias y concesionables o permisibles a particulares. Al darse concesiones o permisos, sólo se mantendrá o establecerá el dominio de la Nación sobre las redes generales de transmisión y de distribución de electricidad.
Hay hasta varios proyectos en los discursos, hay un esbozo de proyecto en la exposición de motivos, hay un documento amplio de la Secretaría de Energía. No hay un proyecto en la propuesta de cambio a la Constitución, que es lo único que quedará, de lo que hoy se presenta, después del cambio de gobierno del 2000. Qué quedaría en lugar de lo que se plantea demoler, se sabría hasta bien avanzado el año 2000. El resultado no será el mismo si queda como presidente Bartlett, o Labastida, o Moctezuma, o Fox, o Cárdenas, por citar algunos nombres muy mencionados.
Yo creo que sí se requieren reformas al sistema vigente. Pero no cualquier reforma, y en todo caso ésa debería ser la primera cuestión a definir. Tampoco se puede ignorar el riesgo de destruir lo existente sin una alternativa definida, y a ver qué pasa después del 2000. Por lo pronto, la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica se quedaría, de aprobarse la iniciativa, sin sustento constitucional. No está claro que esta situación sea la más adecuada para atraer la inversión. Y si la propuesta es resultado de una libre decisión gubernamental, tampoco queda claro por qué tuvieron que pasar más de cuatro años del sexenio para que ésta se llevara a la práctica.