Regularán a las empresas de seguridad privada
Raúl Llanos Samaniego Ť El pleno de la Asamblea Legislativa (ALDF) aprobó ayer, por consenso de los cinco partidos políticos ahí representados, la Ley de Empresas de Seguridad Privada para el Distrito Federal, que obliga a la depuración de efectivos con antecedentes penales o adictos a las drogas, prohíbe que cualquier mando policiaco en activo, municipal, estatal o federal, funja como socio o propietario de este tipo de compañías y establece las sanciones para quienes contravengan estas disposiciones, que van desde multas económicas hasta la cancelación de permisos, además de penales.
El dictamen, fundamentado en tribuna por el presidente y vicepresidente de la Comisión de Seguridad Pública, Armando Salinas y Víctor Soto, respectivamente, y aprobado por 56 votos a favor, faculta a la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) a crear el registro de los servicios de seguridad privada, donde estarán las fichas curriculares del personal directivo, administrativo y operativo, instalaciones, tipo de armas y equipo de radiocomunicación y vehicular que utilizarán.
Sobre este último punto, Salinas Torre expuso que dichas compañías tendrán permiso para utilizar toletes, perros adiestrados y gases elaborados con base en chile piquín. Cualquier otro tipo de armas, como pistolas o gases lacrimógenos, deberán contar con la autorización previa de la Secretaría de la Defensa Nacional y de Gobernación.
Se establece en dicha ley que todas las empresas privadas que actualmente presten servicios deberán registrarse --sin excepción alguna-- ante la SSP, que estará facultada para dar los permisos --a revalidar cada dos años-- y practicar exámenes al personal directivo, administrativo y operativo para acreditar que no hacen uso de sustancias psicotrópicas, enervantes o estupefacientes, y corroborar que cubren el perfil físico, médico y ético para tales responsabilidades.
Previo a la contratación del personal operativo, se harán consultas a través de la SSP, Procuraduría General de Justicia capitalina (PGJDF), Procuraduría General de la República (PGR) y Sistema Nacional de Seguridad Pública, sobre la información que tengan del mismo. La SSP también comprobará el cumplimiento del marco legal vigente a través de visitas de verificación cualquier día y hora, previa orden.
Preparación mínima de secundaria
Dicha ley --que entrará en vigor una vez que se publique en la Gaceta Oficial del Distrito Federal-- deja en claro que para ser personal directivo y operativo de esas empresas deberá contarse con preparación de nivel secundaria, como mínimo; no ser miembro activo de los cuerpos de seguridad pública o fuerzas armadas ni haber sido destituido de éstos para ocupar dichos cargos; no haber sido condenado por delito doloso ni estar sujeto a proceso.
De acuerdo con el nuevo ordenamiento, los efectivos de seguridad privada deberán abstenerse de realizar investigaciones sobre cualquier tipo de delitos y estarán obligados a denunciar ante las autoridades competentes conductas que puedan tipificarse como ilícitos. Por el contrario, se deja en claro que los servicios de dichas empresas serán ``auxiliares'' a la seguridad pública, por lo que coadyuvarán con las autoridades en situaciones de emergencias o desastres.
Las sanciones para las empresas serán según la infracción cometida: multas hasta por 5 mil veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, suspensión temporal o cancelación de la autorización con difusión pública de la misma y clausura de la empresa. A eso podrán agregarse las sanciones penales que correspondan al delito en que se hubiera incurrido.
La ley puntualiza que la compañía que no se haya dado de alta y trabaje sin registro o bien no lo haya revalidado, pagará 200 mil pesos de multa. Para este caso, los afectados podrán inconformarse ante las instancias correspondientes.
En el caso de empresas que hoy en día estén operando de manera normal, la ley les brinda 90 días hábiles después de que esta normatividad entre en vigor para solicitar y obtener ante la SSP su autorización correspondiente. Para ello deberá comprobarse el domicilio fiscal y de sucursales, garantizar esquemas de capacitación al personal, presentar reglamento o manual de operaciones y formato de credenciales.
Para evitar la retroactividad de la ley, quienes cuentan con autorización a la entrada en vigor de dicha legislación continuarán haciéndolo hasta el vencimiento del plazo autorizado, pero al vencer deberán acogerse al nuevo marco legal.