La sociedad se ha desarrollado de manera más rápida que el marco jurídico que norma la institución militar, por lo que ha llegado el momento de reflexionar sobre la necesidad de reformas constitucionales y legales que posibiliten el control democrático de los civiles sobre la política, así como de la vida institucional de las Fuerzas Armadas.
El civilismo no puede expresarse única y exclusivamente en designar al Ejecutivo federal el mando supremo de las Fuerzas Armadas, pues en las sociedades modernas el mando civil (ministros de defensa civiles, por ejemplo) y la supremacía de los parlamentos en los procesos de toma de decisiones militares y definición de las políticas de defensa, es considerada como un indicador del gasto de profeso hacia formas de vida más democráticas.
El objetivo primordial consiste, entonces, en el establecimiento de tradiciones de control legislativo, que alejen a los militares de la intervención en la vida política del país y los sujeten a una estricta neutralidad como institución.
La falta de democracia y de consenso mayoritario en el ejercicio de la gobernabilidad predispone el uso de las Fuerzas Armadas para contrarrestar lo que califican ``desorden interno''. Pero eso, a su vez, favorece la inestabilidad, aísla al propio gobierno y provoca el descrédito de la institución castrense. En lugar de que el Ejército defienda los intereses del pueblo, atenta contra él para someter sus muestras de descontento.
El Poder Legislativo debe reforzar todos sus mecanismos de escrutinio del comportamiento militar: la definición y vigilancia del gasto castrense, los ascensos militares, el nombramiento de los secretarios de Defensa Nacional y de la Marina, así como de los principales jefes navales y militares, la investigación de faltas graves en la dirección militar o de casos de corrupción de mandos y oficiales, incluso la participación legislativa en la definición de políticas militares como el tipo de operaciones que deben tomarse, por qué se requieren y cómo se deben poner en práctica.
Lo fundamental es que los militares sean educados de forma amplia para cumplir el compromiso de no interferir el procedimiento constitucional. Para ello, también es importante que los militares respeten todos los mecanismos de control civil y de vigilancia legislativa y eviten que un solo poder individual, el Ejecutivo, conduzca a la institución armada a la violación de sus obligaciones y competencias constitucionales.
Propuestas para fortalecer el control
civil de los militares en
México
La elaboración de los recursos militares en México debe dejar de ser un proceso del Presupuesto de Egresos, el cual se entrega al final del periodo legislativo. La Cámara de Diputados debe ser informada permanentemente de cada modificación y cada medida relacionada con la propuesta de monto y destino del presupuesto militar, así como de la especificación con detalle del gasto ejercido. No debe permitirse la aplicación del veto presidencial a las decisiones soberanas de la Cámara de Diputados en materia presupuestal.
En el análisis y la discusión del presupuesto militar deberá informarse a los diputados federales del tipo, especificaciones y destino del armamento que las Fuerzas Armadas deseen comprar o recibir como donativo de países o proveedores extranjeros.
Las Fuerzas Armadas deberán entregar cada año un libro blanco que describa con detalle cada uno de los aspectos de la vida y operaciones militares. El Congreso de la Unión deberá tener la prerrogativa de participar en la definición de las misiones sustantivas de las Fuerzas Armadas.
Cualquier miembro del Congreso de la Unión, sea senador o diputado, deberá tener plena e irrestricta libertad para ingresar a los cuarteles e instalaciones militares, a fin de realizar visitas e inspecciones, así como dialogar y conocer el punto de vista de los servidores públicos del nivel cuando se considere necesario. Esto aumentaría el escrutinio legislativo sobre la vida militar.
El Congreso deberá vetar cualquier ascenso o promoción castrense de personal militar que haya sido investigado y responsable de violaciones a los derechos humanos o hechos ilícitos de cualquier naturaleza. Las comisiones respectivas del Congreso deberán solicitar informes de inteligencia civil y militar sobre el candidato a promoción o ascenso y podrán contar con informes e investigaciones de la Secretaría de la Contraloría General de la Federación.
Deberá establecerse una visitaduría de la CNDH que proteja los derechos del personal de las Fuerzas Armadas.
Deberá eliminarse cualquier obstáculo legal que riña con los criterios generales que establece la Constitución para que un ciudadano mexicano sea nombrado secretario de la Defensa Nacional o de la Marina. El nombramiento del titular de cualquiera de esas dos dependencias deberá ser realizado a partir de una terna propuesta por la Cámara de Diputados. Tal nombramiento deberá ser ratificado por el Senado.
Los nombramiento de cada uno de los jefes del estados mayores de la Defensa Nacional y de la Armada de México, así como de los jefes de zonas y regiones navales y militares deberán ser ratificados por el Senado de la República.
Se propone la creación de comisiones legislativas de seguridad nacional, inteligencia y de justicia militar. Esta propuesta tiende a establecer la intervención y participación legislativas en áreas tradicionalmente vetadas a la participación de legisladores.
Las sesiones de las comisiones del Congreso de la Unión relacionadas con la defensa podrán ser abiertas y cerradas. Se establece la obligación de todas las comisiones de llevar a cabo una memoria detallada de sus actividades, discusiones y acuerdos. Se deberá hacer del dominio público toda la documentación clasificada que tenga más de seis años de antigüedad. La documentación no clasificada deberá estar siempre disponible al dominio público.
Se establece la obligación de las secretarías de la Defensa Nacional y de la Marina de hacer del dominio público toda la documentación clasificada, sean documentos escritos, videográficos, electrónicos o de cualquier naturaleza, que tenga más de seis años de antigüedad. La documentación no clasificada deberá estar siempre disponible al público.
Para que las Fuerzas Armadas participen en cualquier asunto de orden interno, el Congreso de la Unión o, en su defecto, la Comisión Permanente, deberán emitir un decreto o ley que defina y justifique la existencia de un estado grave de alteración del orden público y la paz interna. El Legislativo deberá definir con precisión el alcance y la naturaleza de la intervención militar en esos asuntos de orden interno.
El Senado de la República deberá ratificar cada convenio o acuerdo de cooperación binacional o multilateral en materia militar o de inteligencia civil y/o militar.
Estas son algunas de las propuestas para iniciar el debate de un tema considerado tabú hasta hace poco tiempo. Ojalá que esta discusión sirva para alentar el desarrollo de las Fuerzas Armadas en la transición democrática de nuestro país.