Miguel Concha
Aceptación de la corte
La cantidad de acontecimientos que han ocupado a la opinión pública en la última semana, ha dejado en la oscuridad un importante hecho: la Corte Interamericana de Derechos Humanos, instancia del sistema de la Organización de Estados Americanos (OEA) para proteger esas garantías, ha sido finalmente aceptada por las comisiones del Senado de la República. La corte y la comisión interamericanas fueron creadas en 1969, al aprobarse la Convención Americana de Derechos Humanos. México firmó este documento en 1981, pero estableció una reserva al mismo, que consistía en no aceptar la competencia contenciosa de la corte; es decir, no permitía que ésta conociera casos ocurridos en el Estado mexicano y en los cuales fuera considerado responsable de violaciones a los derechos fundamentales, según el criterio de la comisión.
Sorpresivamente, en la reunión de la OEA celebrada en Venezuela a mediados de año, la cancillería anunció su voluntad de reconocer la competencia contenciosa de la corte. Tal decisión motivó el beneplácito de la comunidad de derechos humanos en México y otros lugares del planeta, donde se preocupan por la situación de nuestro país.
Consecuentemente con esa promesa, el Ejecutivo envió al Senado una propuesta de aceptación de la corte, que en realidad no constituye un tratado o convenio, sino un proceso por el cual se anula la reserva hecha a la Convención Interamericana con respecto a ese reconocimiento. Esto implica un procedimiento unilateral del gobierno, que deberá depositar ante la OEA.
Ahora bien, la propuesta establece dos reservas. En realidad se trata de dos restricciones. La primera de ellas es la de los extranjeros deportados con fundamento en el artículo 33 constitucional. Al respecto, es importante recordar que el artículo 61.1 de la Convención Americana dice claramente: ``Todo Estado parte, puede, en el momento del depósito de su instrumento de ratificación o adhesión de esta convención, o en cualquier momento posterior, declarar que reconoce como obligatoria de pleno derecho y sin convención especial, la competencia de la corte sobre todos los casos relativos a la interpretación o aplicaron de esta convención''. Es decir, faculta a la Corte Interamericana para conocer todos los casos sin excepción, al momento de la aceptación de su jurisdicción. La otra restricción es la de la irretroactividad, la imposibilidad de que sean juzgados por la corte casos ocurridos antes de la aceptación de su competencia. Este es un uso internacional común, y parte de la doctrina de los derechos humanos. Pero no debemos olvidar que esto puede debatirse, las disposiciones constitucionales mexicanas y la propia jurisprudencia de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación permiten la retroactividad de la aplicación de una ley o disposición, en tanto no perjudique a los gobernados, e incluso los beneficie. Por otro lado, en algunos de los casos que se llevan ante la Comisión Interamericana las violaciones persisten, por lo que no se podría argumentar la irretroactividad.
El 18 de noviembre las comisiones unidas de Derechos Humanos, Relaciones Exteriores quinta y Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores aprobaron el dictamen relativo a la declaración de aceptación de la jurisdicción contenciosa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, quedando exactamente igual la propuesta hecha por el Ejecutivo Federal, en el sentido de establecer la irretroactividad y la excepción de los casos por aplicación del artículo 33 constitucional.
Lamentablemente, ni el PRD ni el PAN hicieron debate alguno respecto de las restricciones impuestas, aunque existe la posibilidad de que lo hagan en el pleno de la Cámara. De permanecer las restricciones, tocará a los litigantes del Sistema Interamericano pelear contra ellas y encontrar los caminos que permitan a la corte conocer de casos en los cuales el gobierno argumente la improcedencia de la petición, ante la Comisión Interamericana. A pesar de ello, la aceptación de la competencia contenciosa de la corte es un hito que marca una nueva etapa en la promoción, protección y defensa de los derechos humanos en México que, indudablemente, contribuirá a abatir la impunidad y a fomentar la justicia.