Emilio Zebadúa
Voto en el extranjero *
La posibilidad legal y material para que los ciudadanos que se encuentran fuera de las fronteras nacionales se incorporen (o, debería decir, se reincorporen) a la comunidad política mexicana en el año 2000 a través del ejercicio del voto, representa una gran oportunidad y un enorme desafío para replantear el alcance de nuestra democracia y la relación del país con sus ciudadanos que radican en el extranjero.
La Constitución otorga el derecho y establece la obligación (artículos 35 y 36) a todos los ciudadanos mexicanos de votar en las elecciones. El nuevo alcance territorial de este derecho es resultado de una reforma legal recientemente alcanzada con la concurrencia y el consenso de todos los partidos políticos nacionales sin excepción, y como resultado de un acuerdo político que suscribió el presidente Ernesto Zedillo. Desde entonces, en los hechos, esta voluntad ha sido reafirmada en varias ocasiones.
Al constituirse la Comisión de Especialistas para el Estudio de las Modalidades del Voto de los Mexicanos por parte del IFE, los partidos políticos externaron su beneplácito y apoyaron dichos trabajos, integrándose en la Comisión de Coordinación y Apoyo que se constituyó para canalizar la ayuda técnica, material, y de información que el IFE pudiera brindarle a los expertos. La magnitud del esfuerzo ha hecho indispensable la suma de voluntades que, a través del trabajo colegiado de especialistas, partidos y consejeros, se desplegó en los últimos seis meses para poder contar con el informe final de los especialistas que el IFE ya ha remitido al Congreso de la Unión.
Se identificaron las condiciones objetivas y jurídicas para la realización de elecciones fuera del territorio nacional, así como el rango más amplio posible de modalidades para el ejercicio del voto en el extranjero que garanticen condiciones aceptables de cobertura, seguridad y equidad del proceso electoral, similares a las que prevalecen en el país. Se realizaron los estudios jurídicos, internacionales, demográficos, sociológicos, logísticos y técnicos necesarios para lograr este propósito. La comisión concluyó que es técnicamente viable llevar a cabo la elección presidencial del año 2000 con la participación de los votantes mexicanos en el exterior y ha propuesto seis formas o modalidades básicas para organizar el proceso electoral en el extranjero: 1) voto en casilla ordinaria, con lista nominal y credencial para votar con fotografía; 2) voto en casilla ordinaria, con lista nominal y tarjeta de identificación electoral con fotografía; 3) voto en casilla especial, sin lista nominal y con credencial para votar con fotografía; 4) voto en casilla especial, sin lista nominal y con tarjeta de identificación electoral con fotografía; 5) voto a distancia, con lista nominal y credencial para votar con fotografía; y 6) voto a distancia, con lista nominal y tarjeta de identificación electoral con fotografía. Se trata de modalidades, todas ellas, que proponen la universidad, la equidad, la transparencia y la confiabilidad del sufragio.
La incorporación potencial de un número mayúsculo de ciudadanos (que, además, representaría un porcentaje significativo del padrón) le presenta al sistema político mexicano y a sus instituciones democráticas, comenzando por el propio IFE, un enorme reto. El IFE ha cumplido con seriedad, objetividad e imparcialidad la parte de la ruta que le corresponde. Es necesario que en los siguientes tramos de esta ruta se sigan con los mismos criterios para hacer posible que los mexicanos que residen o se encuentren en el extranjero puedan votar en las elecciones presidenciales.
A partir de esta información objetiva y concreta que ha enviado el IFE a los diputados y senadores, el Congreso de la Unión tendrá la oportunidad de analizar y resolver los pasos necesarios que restan para hacer en un futuro próximo, material y legalmente posible, el derecho constitucional que gozan los ciudadanos mexicanos de votar en las elecciones presidenciales independientemente de dónde se encuentren.
De lograr este propósito, México se estaría sumando al final del siglo XX a una larga lista de países que, en América Latina, Africa, Asia, Europa y América del Norte, organizan procesos electorales en el extranjero para que sus connacionales puedan votar. México dejaría de ser una excepción para sumarse a una creciente regla. Es un reconocimiento (tardío) de la globalización que caracteriza la vida de los países en el mundo moderno, y en el caso específico de nuestro país, un encuentro o reencuentro con una parte muy grande y muy valiosa de nuestra población que forma parte (o debería formar parte) de la comunidad política que integra México.
En el fondo, es una oportunidad para que un país como México, que tiene una comunidad dividida por una frontera, responda a la pregunta siguiente: ¿qué responsabilidad tiene (o debe tener) el Estado con una parte de su población que, además, contribuye social, cultural y económicamente a la definición de México como nación?
En el informe de la Comisión de Especialistas el IFE dice cómo responder a esta pregunta en lo que concierne a la aplicación del voto. Queda en manos del Congreso de la Unión determinar qué adecuaciones a las leyes secundarias y previsiones presupuestales deben aprobarse. Confío que, como hasta ahora, persista la voluntad política de todos los actores relevantes para lograr que todos los mexicanos, independientemente de donde radiquen, puedan votar en las elecciones presidenciales de México.
* Versión modificada de la intervención del consejero electoral, doctor Emilio Zebadúa, en la sesión del Consejo General del IFE del 16 de noviembre de 1998.