La jurisdicción de la CIDH, aprobada por comisiones unidas del Senado
Alonso Urrutia Ť Comisiones senatoriales aprobaron el dictamen en el que se ratifica la jurisdicción con reservas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y será presentado al pleno el próximo martes.
En el documento se mantuvieron las reservas solicitadas por el Ejecutivo federal de su irretroactividad y la no injerencia cuando México aplique el artículo 33 constitucional relativo a la expulsión de extranjeros.
Las comisiones unidas de Derechos Humanos, Relaciones Exteriores y de Estudios Legislativos del Senado de la República se reunieron y prácticamente sin discusión se aprobó el dictamen por medio del cual, luego de 18 años, México se obliga ``a cumplir las decisiones de la CIDH en todos los casos en que el Estado sea parte''.
En el documento se indica que ``los Estados Unidos Mexicanos reconocen como obligatoria de pleno derecho, la competencia contenciosa de la CIDH, sobre los casos relativos a la interpretación o aplicación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de conformidad con el artículo 62.1 de la misma, a excepción de los casos derivados de la aplicación del artículo 33 constitucional''.
Más adelante, se apunta que ``la aceptación contenciosa de la CIDH solamente será aplicable a los hechos o a los actos jurídicos posteriores a la fecha de depósito de esta declaración, por lo que no tendrá efectos retroactivos''.
Los términos del dictamen ratificaron las reservas propuestas por el Ejecutivo, aun cuando diversas organizaciones de derechos humanos hicieron llegar documentos solicitando que el Senado lo aprobara sin limitación alguna.
Así, la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos señala que nuestro país debiera aceptar la retroactividad por lo menos en los casos en donde ya se recibieron recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y que han sido rechazados por la cancillería.
Los grupos defensores de derechos humanos también cuestionaron la reserva hecha a la aplicación del artículo 33 constitucional, ``porque demuestra la falta de disposición del gobierno a que organismos --a los cuales ha otorgado su competencia-- analicen procedimientos violatorios de las garantías individuales''.
México se reserva la posibilidad de expulsar extranjeros sin que éstos puedan acudir a alguna instancia legal nacional o a la corte para denunciar violación a sus derechos.
El dictamen indica que existen dos facultades fundamentales de la CIDH: la consultiva y la contenciosa. En el primer caso, se alude a interpretaciones sobre preceptos de la Convención Americana de Derechos Humanos.
Por lo que hace a su facultad contenciosa, ésta puede resolver demandas que interponga la Comisión Interamericana de Derechos Humanos o algún Estado que haya suscrito esta convención, donde se atribuyan violaciones a las garantías individuales.
Las obligaciones del gobierno mexicano hacia la CIDH son garantizar al lesionado en sus derechos la reparación del daño y cumplir las medidas provisionales que la corte considere pertinentes.
Combate a la impunidad
En las consideraciones del documento aprobado en comisiones se argumenta que con el reconocimiento de la corte, se contribuiría ``a fortalecer la vigencia del estado de derecho; modernizar y complementar el andamiaje interno que se ha desarrollado progresivamente en la protección de los derechos humanos en el país, y a combatir la impunidad.
``El reconocimiento de la competencia contenciosa de la corte --se subraya-- contribuiría a dirimir ante un tribunal independiente e imparcial, las controversias jurídicas que surjan con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en casos individuales''.
México ha rechazado en el pasado reciente tres importantes recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos relacionados con la masacre de campesinos en Aguas Blancas; la aprehensión y sentencia del general Francisco Gallardo, y el caso del ejido Morelia.