La Jornada 4 de noviembre de 1998

Envió Gobernación a mandatarios estatales un machote para realizar reformas sobre derechos indígenas

Blanche Petrich Ť La Subsecretaría de Gobierno de la Secretaría de Gobernación (Segob) invitó a los estados con población indígena, a reformar sus respectivas constituciones ``en fecha inmediata'' en lo referente a una ``regulación especial'' en favor de esa gente.

Las oficinas a cargo de Jesús Salazar Toledano, titular de esta subsecretaría, adjunta a los mandatarios estatales invitados un ``modelo indicativo del texto que pudiera tener la reforma'' y sugiere que los gobiernos estatales contacten al coordinador para el Diálogo y la Negociación en Chiapas, Emilio Rabasa, ``para una mejor información''.

En una carta enviada al secretario general de Gobierno de Guerrero, Humberto Salgado Gómez, Salazar explica que con este procedimiento, ``con miras al próximo periodo de sesiones del Congreso de la Unión'', los estados tendrán la posibilidad de ``decidir sobre el alcance y límites de la reforma'' constitucional nacional.

Asimismo, afirma que el modelo propuesto hace converger la iniciativa presidencial de reforma constitucional enviada al Congreso en marzo con los Acuerdos de San Andrés Larráinzar.

Acto seguido se presenta el machote o modelo a aplicar que dice textualmente: ``El estado de ....... tiene una composición étnica plural, sustentada en los pueblos y comunidades indígenas que lo integran. El derecho a la libre determinación de los pueblos y las comunidades se expresa en la autonomía para decidir sobre sus formas internas de convivencia y organización social, económica y cultural, la creación de sus sistemas normativos, sus usos y costumbres, sus formas de gobierno tradicional, su desarrollo, sus formas de expresión religiosa y artística y en la facultad para proteger su identidad y patrimonio cultural''.

Las diferencias

También se enlistan los ``contenidos mínimos que deberán prever'' las constituciones estatales, según la Secretaría de Gobernación, y entre ellos se apunta el derecho a la libre determinación sobre formas de convivencia y organización social, económica y cultural. Sin embargo, este modelo omite el punto de la organización política, tema nodal de la libre determinación en la versión de la Comisión de Concordia y Pacificación (Cocopa) de los Acuerdos de San Andrés Larráinzar en materia de derecho indígena.

En cuanto al ámbito de validez territorial de la autonomía, Gobernación no hace sugerencia alguna a los gobiernos estatales. La iniciativa presidencial de marzo limita este ámbito a la comunidad mientras que los Acuerdos de San Andrés y el texto de la Cocopa asientan que el principio autonómico debe abarcar al concepto de pueblo indígena.

En lo referente a los contenidos de los derechos indígenas y los de jurisdicción que los legisladores de los estados aludidos deberán tomar en cuenta, también se plantean muy por debajo de lo asentado en los congelados Acuerdos de San Andrés. En ambos casos éstos deben ceñirse no a un nuevo marco legal reformado sino al orden jurídico vigente.

Y en el caso de los derechos jurídicos, según el machote de la Segob, contarán con ``reglas de convalidación y ejecución'' de sus acuerdos. El resultado de las negociaciones de San Andrés había logrado un espacio mayor para la jurisdicción indígena, ya que habla de homologación --no solo de convalidación-- de los sistemas normativos comunitarios con el derecho positivo vigente.

Otro contenido apuntala los derechos de la mujer indígena en torno ``a su protección frente a las autoridades y miembros de sus comunidades'' en una redacción de tres líneas.

Uno de los puntos donde destaca más el achicamiento de la ley que propone Gobernación a los estados es el que se refiere a los recursos naturales y tierras. En este punto se recomienda ``regular el uso y aprovechamiento de los recursos, así como el control de su explotación conforme a las leyes vigentes pero respetando tanto sus necesidades como sus usos y costumbres''. Muy lejos este enunciado del explícito reconocimiento que se hace en los Acuerdos de San Andrés a los derechos al territorio de los pueblos indígenas conforme al artículo 169 de la Organización Internacional del Trabajo. La versión de la Cocopa incluso especifica el derecho al uso y disfrute de los recursos del hábitat indígena de manera colectiva. Todo esto queda rasurado en el modelo sugerido por la oficina de Salazar Toledano.

Al adelantarse con las respectivas reformas legislativas estatales --sostiene la misiva del subsecretario-- ``las entidades federativas podrían, en ejercicio de su soberanía, colaborar a impulsar la iniciativa de reforma constitucional mencionada''. Señala también que la iniciativa presidencial ``incluye gran parte'' del proyecto elaborado por la Cocopa ``así como observaciones hechas por el gobierno federal a este último''.

Al reformar las constituciones locales, indica el texto, se fortalecería el pacto federal y se produciría un efecto de apoyo a los derechos indígenas ``de la periferia al centro, facilitando así la labor del Congreso de la Unión''.