La Jornada 19 de octubre de 1998

Cerca, el pleno reconocimiento a decisiones de la CIDH: académico

José Gil Olmos Ť Tras una espera de décadas, México está en la posibilidad de reconocer las recomendaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA con una iniciativa presidencial que ya se encuentra en el Senado de la República. Los alegatos de que al reconocer al tribunal internacional se viola la soberanía es un discurso rebasado porque su defensa no justifica la violación de los derechos humanos, asegura el responsable en la materia de la Universidad Iberoamericana (UIA), Santiago Corcuera.

A pesar de que la iniciativa presidencial establece dos reservas -continuar con el derecho de expulsar a extranjeros bajo el artículo 33 constitucional, que niega el derecho a la defensa, y rechazar cualquier intento de retroactividad para casos como Aguas Blancas o el ejido Morelia- el especialista recomienda no perder dicha oportunidad.

Se trata, explica en entrevista, de reconocer la jurisdicción de este instrumento internacional, cuyas recomendaciones son obligatorias y que está encargado de ``proteger los derechos fundamentales de los seres humanos, independientemente de su nacionalidad, frente a su propio Estado como frente a los otros Estados contratantes''. Jurisdicción que ha sido negada por el gobierno mexicano desde 1969, cuando sólo reconoció la competencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, ante cuyas recomendaciones no tiene obligatoriedad.

Al analizar las reservas que contiene la iniciativa de reforma constitucional enviada por el presidente Ernesto Zedillo al Congreso de la Unión en meses pasados, Corcuera observa resquicios legales por los cuales se podrían superar dichos impedimentos. Por ello reitera la posición de la institución educativa de que los legisladores deben contemplar la importancia del reconocimiento de la CIDH para denunciar violaciones de derechos humanos como son los casos de tortura y desapariciones, que son más graves que las expulsiones de extranjeros.

En cuanto a la reserva del artículo 33 constitucional, que faculta al Ejecutivo federal a expulsar a los extranjeros sin derecho a la garantía de audiencia, Corcuera indica que esto ``es un caso extraordinario en el mundo porque afecta los derechos de cualquier persona sin que tenga derecho a defenderse''.

Bajo este contexto, señala que ese artículo, de acuerdo con los principios del derecho internacional, es ``la legalización de la arbitrariedad, o una arbitrariedad soportada en la ley''. Aunque reconoce que todo país tiene, dentro de su potestad, el derecho de admitir o no en su territorio a un extranjero.

Destaca que lo extraordinario radica en que ``una vez que un extranjero se encuentre legalmente en un país, pueda ser expulsado sin que se le permita ser oído'', a pesar de que los tratados internacionales establezcen la posibilidad para cualquier persona de ser escuchada ante un órgano imparcial que conozca del caso.

Según el jefe del Departamento de Estudios sobre Derechos Humanos de la UIA, el argumento del gobierno mexicano es el siguiente: ``Como yo tengo este artículo que me permite ser arbitrario, no quiero que asuntos que se derivan de la aplicación de ese asunto sean conocidos por un tribunal imparcial, supranacional, porque seguro me condenan''.

En cuanto a la retroactividad, apunta que es perfectamente normal y de acuerdo con la práctica de los Estados por establecer el reconocimiento de la jurisdicción de la Corte a partir del momento mismo del reconocimiento. Es decir que no podrían conocer de casos anteriores, como el de Aguas Blancas y del ejido Morelia, por ejemplo, a pesar de que ya fueron conocidos por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

En este punto es donde señala la posibilidad de que se puedan revisar hechos ocurridos antes de la aceptación de la jurisdicción. Esto es, en el caso de las violaciones continuadas o lo que se podría llamar ``violaciones de trato sucesivo''. Como ejemplo citó la desaparición. ``Si una persona está desaparecida antes del reconocimiento de la Corte, y sigue desaparecida, ese caso podría presentarse''.

Para el especialista, la reserva de la retroactividad no es tan preocupante como la contradicción que hay en la negativa a la audiencia a extranjeros en proceso de expulsión.

No obstante, señala que podría darse el reconocimiento de un caso si la CIDH sigue la misma ruta que tomó la Corte Europea de Derechos Humanos en un caso de Turquía hace tres años. Este país había establecido que la Corte no tendría jurisdicción en los territorios marcados en su Constitución. Sin embargo, el caso de violación de los derechos humanos de un extranjero ocurrió en el norte de Chipre, donde Turquía tiene influencia y por ello el hecho fue reconocido por dicha Corte.

-¿En el caso de México cómo se daría?

-Si la CIDH siguiera la misma línea establecida por la Corte Europea, podría aceptar el caso de un extranjero expulsado de México sin juicio previo, una vez que sea sometido el caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos -que sí es reconocida por el gobierno mexicano-, en donde no se hizo la reserva para la aplicación del artículo 33 constitucional.

Precisó que la comisión recomendaría al gobierno mexicano restablecer los derechos del extranjero expulsado, y si se negara a hacerlo, entonces podría someter el caso a la Corte, la cual estaría en la posibilidad de aceptarlo, anulando la reserva hecha por México bajo el argumento de que dicha expulsión es contraria al objeto y fin de la declaración de reconocimiento de su jurisdicción.

La UIA, a favor del proyecto

Por esas razones, insistió, la UIA espera que se vote a favor del reconocimiento de la Corte Interamericana, a pesar de que persiste la facultad del gobierno mexicano para expulsar a los extranjeros sin derecho de audiencia.

Hay casos mucho más graves que la expulsión de extranjeros, como las desapariciones y las masacres. Además, no nos vayamos a quedar como el perro de las dos tortas. Con un juicio sereno, es preferible aceptar la jurisdicción de la Corte con las reservas del gobierno, a quedarnos sin nada. Sería un gran avance porque hay que recordar que México entró a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 1981; tarde, porque es de 1969, y desde entonces dijo que no reconocería la jurisdicción de la Corte, alegando que sus estructuras nacionales de protección de derechos humanos eran suficientes, a diferencia de las de otros países''.