Migración apelará del amparo que le fue otorgado a Tom Hansen
José Gil Olmos y Rosa Elvira Vargas Ť El comisionado del Instituto Nacional de Migración (INM), Alejandro Carrillo Castro, manifestó un extrañamiento por la decisión de la juez octava de distrito, Lilia Mónica López Benítez, de otorgar el amparo a Tom Hansen, sin embargo anunció que interpondrán un recurso de apelación ante el Tribunal Colegiado de Distrito.
Dijo que estaban sorprendidos porque se había roto la ``tradición'' de tratar los asuntos migratorios por instancias administrativas y no penales, e incluso aceptó que Hansen podría retornar al país si la juez de lo penal así lo determina, luego de resolver la apelación que interpondrán en estos días.
Explicó que la decisión de sacar del país al ex director de la organización humanitaria Pastores por la Paz fue tomada por el INM al encontrar que el ciudadano estadunidense había violado la Ley General de Población en febrero de este año. Aclaró que en este caso no actuó la Secretaría de Gobernación, la cual está facultada para hacerlo por medio de la Dirección General de Gobierno, como lo indica la Constitución.
Hansen fue deportado el 19 de febrero pasado acusado de participar en actividades políticas, esto es, haber participado como observador en los diálogos de paz entre el EZLN y el gobierno federal, y asistir al Encuentro Intercontinental contra el Neoliberalismo.
La decisión de que el caso de Hansen fuera resuelto ante las instancias penales fue tomada por los abogados defensores, y en este sentido el responsable del INM reiteró que esto viene a romper una tradición ya establecida, que los asuntos migratorios se tratan y se resuelven por la vía administrativa.
Carrillo manifestó que el INM será respetuoso de las leyes y aceptará cualquier decisión que determine la juez López Benítez en el caso de Hansen, quien fue detenido el 18 de febrero en el retén migratorio del municipio de Altamirano, Chiapas.
Por otro lado, del caso del grupo de 21 italianos expulsados en mayo, señaló que no se les puede dar el amparo porque el gobierno federal les aplicó el artículo 33 de la Constitución, el cual señala que ``el Ejecutivo de la Unión tendrá facultad exclusiva de hacer abandonar el territorio nacional, inmediatamente y sin necesidad de juicio previo, a todo extranjero cuya permanencia juzgue inconveniente''.