La Jornada 2 de septiembre de 1998

En seguridad pública, el gobierno del DF debe acatar al Presidente: PRI

Juan Antonio Zúñiga M. y Raúl Llanos Ť La minoría priísta en la Asamblea Legislativa entregará hoy a la mayoría de este partido en el Senado de la República una iniciativa de ley de seguridad pública para el Distrito Federal, en la que se preservan para el Presidente de la República las facultades para nombrar y remover a los titulares de la Procuraduría General de Justicia y de la Secretaría de Seguridad Pública.

La iniciativa, que será entregada por Manuel Aguilera Gómez, coordinador de la fracción priísta en la ALDF, a la senadora por el Distrito Federal de este partido en la Cámara de Senadores, María de los Angeles Moreno, considera que en el caso de que el jefe de gobierno de la ciudad de México ``se abstenga, incumpla, contravenga o no acate las instrucciones del Presidente de la República'', será el titular del Ejecutivo federal quien gire instrucciones directas a los cuerpos de seguridad pública.

Constituida por 112 artículos y 16 transitorios, la iniciativa señala que el jefe de gobierno del Distrito Federal informará de manera permanente al Presidente de la República con ``respecto de la situación que guardan la seguridad y la fuerza públicas'', así como de recibir las disposiciones pertinentes.

El jefe de gobierno, indica, ``presentará al Presidente de la República un informe semestral público sobre la situación que guardan la fuerza y la seguridad públicas en la ciudad de México, Lo anterior con independencia de que el Ejectivo federal requiera a los titulares de la SSP y PGJDF, en cualquier momento, los informes que considere oportunos''.

Por otra parte, la iniciativa establece que serán funciones del jefe de gobierno capitalino: determinar la división del DF en áreas geográficas de atención de la Secretaría de Seguridad Pública; designar a los servidores públicos de la jerarquía inmediata inferior a la del procurador general de Justicia y del secretario de Seguridad Pública, ``así como de aquellos que determinen sus leyes orgánicas''.

Además, el jefe de gobierno de la ciudad de México tendrá que ``participar en el Consejo Nacional de Seguridad Pública; presidir el Consejo de Coordinación de Seguridad Pública en el DF; conferir e imponer condecoraciones a que se refiere esta ley y suscribir convenios de coordinación con la Federación, los estados y municipios''.

Podrá asimismo expedir el reglamento que contenga las atribuciones de la SSP y de los titulares de los órganos político-administrativos de las demarcaciones; ``ordenar la realización de acciones específicas en el Distrito Federal o en determinadas zonas de su territorio; formular las políticas en la materia, el Programa de Seguridad Pública en el DF; brindar los auxilios que requieran el Tribunal Superior de Justicia y la Asamblea Legislativa y aprobar los anteproyectos de presupuesto de egresos de la SSP, así como incorporarlos al presupuesto general de gastos de la ciudad de México.

La iniciativa, que busca adelantarse a 1999, cuando la Asamblea Legislativa cuente con atribuciones plenas para legislar en materia de seguridad pública en el Distrito Federal, introduce un cambio de nombre a las actuales policías. Así la preventiva se denominaría ``policía de seguridad''; la judicial, ``policía de investigación'', y a los actuales custodios de panales y reclusorios se les llamaría ``guardia de seguridad''.

Así también, la actual Dirección General de Reclusorios sería sustituida por ``un órgano desconcentrado con autonomía técnica y operativa denominado Instituto de Administración Penitenciaria, para administrar los reclusorios y centros de readaptación social para sentenciados, arrestados, indiciados y procesados en el Distrito Federal''.