Carlos Marichal
Más allá del secreto

Con las últimas revelaciones efectuadas por el Partido de la Revolución Democrática de los nombres de empresarios beneficiados por distintos mecanismos del rescate bancario, se abre una nueva página de la historia financiera de México. De hecho, nunca antes en este siglo habíase publicado información tan detallada sobre el destino individualizado de fondos públicos. Pues, en efecto, el secreto era la norma en el manejo de mucha información financiera gubernamental, situación que sólo podía sostenerse con base en el control monopólico del poder por un partido político.

Las revelaciones sobre 20% del total de la cartera vencida adquirida por el Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa) son de considerable importancia en sí mismas, pero lo son aún más porque existe el empeño por parte de buen número de los miembros del Poder Legislativo en seguir develando cómo se han usado los dineros públicos a partir de la crisis financiera de 1995. No obstante, es menester tener en cuenta que la lista de nombres no implica que estas personas o compañías hayan cometido ilícitos. Eso sólo lo podrán indicar las auditorías o posteriores investigaciones. Por el momento, lo que interesa es que se sepa hacia dónde se canalizaron los dineros de los contribuyentes y quiénes son los beneficiados.

Sin duda, existirán protestas en contra de estas revelaciones por parte de los empresarios, fundándose en el principio del secreto bancario y con objeto de impedir que se divulgue más información. Pero debe subrayarse que en este caso tiene prioridad un principio constitucional que establece que no puede ser secreto el manejo de dineros públicos. Al contrario, como ratifica la ley fundamental, los representantes del pueblo mexicano -diputados y senadores- tienen la obligación de determinar y vigilar el uso de todos los fondos del gobierno. No es una prerrogativa del Poder Ejecutivo ni de los empresarios el manejo de los dineros que pagan los contribuyentes, ni debe mantenerse en secreto su destino.

En términos legales, el principio del secreto bancario se fundamenta en la legislación civil y comercial, mientras que el segundo se fundamenta en los principios básicos de la Constitución de la República, por los cuales se establece la naturaleza de un régimen parlamentario en el que las gestiones de gobierno y de administración de los dineros públicos implican responsabilidad de los legisladores ante los electores y contribuyentes.

No se trata, por consiguiente, en este caso, de develar las operaciones que lleven a cabo los bancos en sus operaciones normales, sino de determinar el monto y origen de los créditos que ya se han traspasado de los bancos a una entidad de carácter público que está siendo financiada con recursos impositivos. El debate que se abre sobre este tema representa un hito histórico al romper con la práctica del secreto que ha sido norma habitual del partido gobernante, no sólo en el caso de Fobaproa, sino en la forma tradicional de arreglar los contratos de gobierno y de efectuar pagos extraordinarios a funcionarios, políticos y líderes sindicales durante decenios. Es hora, por consiguiente, de ir más allá del secreto y de avanzar hacia una democracia real.