Masiosare, domingo 26 de julio de 1998
Cuando tantas cosas salen mal en nuestro país, parece necesario congratularse por el desenlace del diferendo entre el Tribunal Electoral del Poder Judicial y el Congreso del estado de Yucatán o, para ser más exactos, la mayoría del Congreso constituida por priístas fuertemente identificados con su gobernador, Víctor Cervera Pacheco.
El Consejo Estatal Electoral de Yucatán decidió asignar al PRI una curul y 17 regidores a pesar de que le correspondían al PRD. Fue un asunto que tuvo que ver con una interpretación errónea de la ley en lo referente al cómputo de las plurinominales, que no involucró aspectos complejos o difíciles de evaluar o de probar, como muchas veces ocurre con las impugnaciones que tienen que ver con las irregularidades en los procesos electorales. Se trata de un hecho evidente por sí mismo, con sólo revisar las cifras que aparecen en el propio dictamen; sin embargo, el Tribunal Estatal Electoral decidió la improcedencia del recurso interpuesto por el PRD.
Según informó José Luis de la Peza Muñoz Cano, presidente de la Sala Superior del Tribunal Electoral, el Consejo Electoral de Yucatán ``se equivocó en la aplicación de la ley, para la asignación de diputados por el principio de representación proporcional y concejales de varios municipios, pero se equivocó siempre en favor del PRI'' (La Jornada, 16 de julio de 1998, pág. 9).
Además, no cumplió con el ordenamiento legal que lo obliga a remitir inmediatamente el expediente al Tribunal Electoral del Poder Judicial (se tomó nueve días para enviar la documentación y eso porque hubo una solicitud expresa), de tal suerte que sólo gracias a la determinación del Tribunal Superior fue posible entregar la notificación antes de que se instalara el nuevo Congreso. Pero todavía entonces, se pretendió que la notificación había sido extemporánea y se negó a acatar el fallo hasta el 9 de julio, cuando al fin el Congreso local otorgó la curul correspondiente y las 17 regidurías municipales al PRD.
Pero lo más sorprendente de este caso, es que esta resolución no alteró en lo fundamental la correlación de fuerzas, ni en el Congreso local ni en los municipios, porque de todos modos el PRI obtuvo la mayoría y el PRD ocupó el tercer lugar. El resultado final fueron 15 diputados al PRI, ocho al PAN y dos al PRD. Asimismo, los regidores municipales del PRD pasaron de 36 a 56 (La Jornada, 10 de julio, pág. 3).
Sin embargo, el asunto adquirió dimensiones de interés nacional porque puso a prueba la eficacia del recientemente creado Tribunal Electoral del Poder Judicial, el cual demostró su capacidad para sancionar las arbitrariedades cometidas por los poderes locales en materia electoral, arbitrariedades que han sido un obstáculo constante en el lento proceso de transición a la democracia que sigue este país. Las demandas de los partidos de oposición y las organizaciones ciudadanas, que finalmente fueron aceptadas por consenso en la reforma Constitucional en materia electoral de 1996, consolidaron dos principios importantes que hay que defender constantemente para que sean aplicados tanto a nivel federal como local: a) establecer un método de calificación jurídico de las elecciones; y b) que la calificación esté en manos de un tribunal electoral autónomo.
También ha puesto en evidencia la audacia de los gobiernos de algunas entidades en la defensa de espacios de poder, por mínimos que parezcan, lo que significa una llamada de atención a los partidos que se han olvidado de que existe el compromiso de reformar las leyes electorales locales siguiendo el modelo de la reforma electoral federal de 1996 y, en caso de que esas reformas no se hagan oportunamente, los partidos tienen el recurso de apelar a la Suprema Corte. Como lo ha demostrado el caso de Yucatán, éste es un asunto de gran importancia, dado que existen enormes lagunas en las leyes electorales locales, que permiten la impunidad y el manejo arbitrario del derecho a fin de servir a los intereses de quienes detentan el poder y son capaces de cualquier acrobacia para no perderlo.