Ministro Román Palacios: proteger a testigos sólo alienta la impunidad
Jesús Aranda Ť El ministro de la Suprema Corte de Justicia Humberto Román Palacios aseguró que la Ley Federal contra el Crimen Organizado fomenta la corrupción e impunidad al permitir que la autoridad llegue a acuerdos con los inculpados, para que éstos a su vez testifiquen en contra de otros posibles delincuentes.
``Las series de televisión de Estados Unidos son muy entretenidas'', dice, pero de ahí a pretender seguir este tipo de modelo de justicia, es otra cosa.
Al respecto, precisa que los jueces federales no tienen relación alguna con la Procuraduría General de la República en el tratamiento de los llamados ``testigos protegidos''. Es el Ministerio Público federal, explica, es el que consigna ante el juez a los acusados, señalando los cargos en su contra; y con base en la averiguación previa es que el juez dictamina la sentencia.
Román Palacios considera que la persecución de la delincuencia debe darse con técnicas policiacas de investigación cada vez más desarrolladas, ``aunque sea más tardado'', y no por medio de programas como el de ``testigos protegidos'', que sólo generan impunidad.
Por otro lado, el ministro de la Suprema Corte aseguró que ``no son los jueces los que dejan libres'' a quienes están acusados de cometer fraudes millonarios por delitos de cuello blanco, más bien, son las leyes enviadas por el Ejecutivo y aprobadas en el Congreso las que establecieron que ese tipo de actos ilícitos no sean graves y, por tanto, lo inculpados alcancen la libertad bajo caución.
También cuestionó la Ley Federal contra el Crimen Organizado, a la que acusa de ``fomentar impunidad y corrupción''.
En entrevista, Román Palacios no oculta su desencanto por la forma en que se dan las extradiciones de connacionales acusados de fraudes financieros -solicitadas por medio de la Secretaría de Relaciones Exteriores a petición de la Procuraduría General de la República-, ya que después del largo proceso que implica el trámite de extradición, resulta que cuando finalmente el acusado llega a México, cuenta con amparos a su favor que le garantizan la libertad bajo caución.
Reservado y sin querer entrar más en detalles sobre este tema, Humberto Román indicó que la utilidad de ese tipo de extradiciones no se puede ver únicamente desde el punto de vista del alto costo económico y de recursos humanos que implica para las dependencias mexicanas llevar un caso de extradición en el extranjero, sino que debe tomarse en cuenta que el Estado mexicano no puede tolerar ningún tipo de impunidad.
Sin embargo, el ministro insiste en que el trato que reciben los delincuentes de cuello blanco se debe precisamente a que la ley que establece que los delitos de este tipo no son considerados graves.
``¿En manos de quién está el solucionar este situación? ¿En manos del Ejecutivo que generalmente envía las leyes, del Congreso que las aprueba, o de los jueces que aplican la legislación vigente?'', se pregunta.
Por otra parte, Román Palacios explica que los jueces fijan las fianzas de acuerdo a cada caso en particular y siguiendo ciertos parámetros establecidos. Por ejemplo, indica, el acusado debe depositar una fianza que garantice la reparación de los daños y prejuicios causados al ofendido.
Además, precisa, un acusado tendrá derecho a pagar una fianza para salir libre, siempre y cuando el delito del que se le acuse no sea grave.
Aun cuando reconoce que en ciertas ocasiones el juicio de amparo llega a ser ``sobreutilizado'' por determinadas personas para evitar ir a prisión, el ministro de la Suprema Corte deja en claro su total rechazo a cualquier modificación legal que atente contra las garantías individuales.
En este contexto, recuerda que cuando se dio a conocer en su momento la posibilidad de que fuera modificada la Ley de Amparo, a fin de permitirle a la autoridad acciones policiacas que de acuerdo con la Constitución serían ``ilegales'' -como el detener a sospechosos sin orden de aprehensión-, hubo un rechazo generalizado a ese tipo de acciones extralegales. ``Personalmente, considero que es preferible cometer algún tipo de abuso en el juicio de amparo, a que sean vulneradas las garantías individuales''.