La Jornada 28 de junio de 1998

De la Rosa: legal, intervenir grupos financieros por el quebranto bancario

Antonio Castellanos Ť Los grupos financieros o las sociedades controladoras deben ser intervenidos gerencialmente para que paguen los quebrantos de sus bancos, antes que aceptar presiones del Banco Mundial para convertir los pasivos del Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa) en deuda pública, propuso el diputado Angel de la Rosa a la Comisión de Hacienda.

A su vez, el Grupo Expansión dio a conocer que los activos de la banca en poder del Fobaproa aumentaron 200 mil 200 millones de pesos en los últimos cinco meses. Pasaron de 379 mil 800 millones en diciembre de 1997 a 580 mil millones de pesos en mayo, después de que los banqueros se mostraron escépticos para ``recomprar sus propias carteras, porque se estima que 70 por ciento tiene valor cero''.

El legislador De la Rosa, del PRD, y su asesor, Salvador Rangel, sostuvieron que, ``extrañamente'', la Secretaría de Hacienda, el Banco de México o la Comisión Nacional Bancaria y de Valores no han aplicado la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.

Dijo que el Poder Legislativo debe rechazar las propuestas del Banco Mundial, cuyos asesores aceptan haberse equivocado en el procedimiento para privatizar la banca. México no tiene por qué servir para ``experimentos'' de los organismos financieros internacionales, recalcó De la Rosa.

Señalaron que en los presuntos ilícitos están involucrados el actual gobernador del Banco de México y ex secretario de Hacienda, Guillermo Ortiz; el subsecretario de Hacienda, Martín Werner; el director del Fobaproa, Javier Arrigunaga, y el presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), Eduardo Fernández.

El diputado perredista explicó que la ley citada ``no estipula el secreto bancario. Considera, en cambio, la protección de los bienes del público y para tal propósito se debe aplicar un dispositivo legal''.

Este procedimiento, agregó De la rosa, debe dar lugar a las supervisiones de la autoridad, y a raíz de la detección de irregularidades debe intervenirse gerencialmente al grupo financiero para que responda por los fraudes o procedimientos ilegales realizados a través de sus bancos.

Las pérdidas, abundó, no deben cargarse a los contribuyentes, porque el artículo 30-A de la ley es muy claro: ``Cuando, en virtud de los procedimientos de supervisión, la autoridad competente encuentre que la controladora comete irregularidades graves en contravención a la ley, el presidente de la CNBV dictará las medidas necesarias para regularizar las actividades''.