Refuta la SCJN: tenemos facultades para proponer leyes
Jesús Aranda Ť En respuesta al anteproyecto de dictamen de la subcomisión de Gobernación y Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, que desecha la propuesta de la Suprema Corte para que ésta tenga facultad de proponer leyes de su exclusiva competencia, ministros del máximo tribunal rechazan la validez de los argumentos de los legisladores y reivindican el hecho de que en México ``el Judicial es un poder político'', y niegan que haya ``inconvenientes'' y ``peligros'' en su iniciativa.
Asimismo, los ministros encargados de llevar adelante la inquietud del pleno de que la Suprema Corte tenga facultad de iniciativa, argumentan que hasta la fecha ``hay cuestiones urgentes'' que no han sido examinadas por el Poder Legislativo, razón por la que proponen procedimientos más efectivos ``en bien de la justicia''.
En este sentido, mencionan como ejemplo las reformas pendientes desde 1995 a la Ley de Amparo; la reglamentación del párrafo tercero del artículo 21 constitucional: la falta de reglamento de la fracción tercera del artículo 105 constitucional, entre otras.
Argumentan que se requiere ``un giro'' en la vida constitucional que no puede confundirse con un ``experimento''. Se trata, insisten, de equilibrar responsabilidades en beneficio de una tarea común. ``En el caso de obtener mejores leyes, mejores resoluciones y el mayor respeto al derecho de las personas''.
``No puede excluirse de esta fundamental tarea a uno de los tres poderes de la Unión, lo seguro consiste en un sistema constitucional adecuado y respetado''.
Después de que los ministros de la Corte plantearon por diferentes medios la necesidad de tener facultad de iniciativa para leyes de su competencia en meses pasados, los diputados panistas Abelardo Perales Meléndez, Baldemar Tudón Martínez, Francisco Javier Reynoso, Rafael A. Castilla Peniche, Rafael Sánchez Pérez, Jorge López Vergara, María Soledad Baltazar Segura, Germán Martínez Cázares y Benjamín Gallegos Soto, enviaron a la subcomisión de Gobernación y Puntos Constitucionales su anteproyecto en el que se rechaza la modificación del artículo 71 constitucional para darle derecho a la Corte para iniciar leyes y decretos.
De entrada, los legisladores cuestionan que si bien hay países en los que los ministros tienen facultad de iniciativa, en otros no cuentan con ese derecho, ``dentro de estos está Estados Unidos, cuya organización constitucional durante muchos años sirvió de modelo para los legisladores mexicanos''.
En respuesta, los ministros argumentan en un documento interno que: ``para legislar hay que atender a las necesidades nacionales, sin importar mayormente si en otros países se tienen otros requerimientos y otras soluciones. En México es claro que el Poder Judicial es un poder político, ``no podemos saber en qué lugar colocan los norteamericanos su poder judicial''.
Asimismo, indica el escrito, ``no habría desdoro que ahora se compartiera tal atribución (de iniciar leyes) con la cabeza del Poder Judicial federal'', además del Ejecutivo y las legislaturas locales.
Los panistas señalan que la composición del Congreso de la Unión es tan variada que los ministros, magistrados y jueces pueden, por conducto de los señores legisladores, hacer llegar y sentir sus preocupaciones, además de que no ha habido reforma legal en que el Poder Judicial no haya sido consultado directa o indirectamente.
En cambio, los ministros consideran que ``se está planteando un problema de procedimiento constitucional y no de cortesía'', además, señalan que hay una serie de leyes que resultan inaplicables por la falta de reglamentación.
De pintores y aplicadores de la ley
Los legisladores del blanquiazul indican que de acuerdo con una iniciativa de ley que en la materia se encuentra pendiente de resolución, se dice que la Corte es el órgano más idóneo técnicamente para formular ciertos proyectos de ley. Indican que dicho juicio es muy respetable, ``pero no podemos dejar de reconocer que no siempre los que fabrican pinturas son los mejores pintores''.
A su vez, los ministros responden: ``no siempre quien vota las leyes es el mejor hacedor de ellas, y mucho menos su mejor aplicador''.
Los legisladores destacan una serie de ``inconvenientes'' en caso de que se concediera a la Corte la facultad solicitada, entre otras, el que los ministros se ``distraigan y descuiden'' sus funciones jurisdiccionales ``que ya son de por sí abundantes y delicadas''. Argumento que es desestimado por los ministros al subrayar que el único poder que administra y aplica leyes es en realidad el Ejecutivo federal, el que propone e inicia más leyes que los miembros del Congreso y de las legislaturas locales juntos''.
Asimismo, los diputados afirman que si la propuesta de la Corte no fuera aprobada, no se ``menguará'' la autoridad de los ministros. Estos señalan a su vez que el Presidente de la República y las legislaturas locales utilizan su derecho de iniciativa y que el hecho de que el Congreso ``congele, deseche o modifique'' los proyectos ``no afecta al crédito de sus autores''.
Los ministros rechazan que estén interesados en convertirese en un ``super poder'' o ``cuarto poder'', pero sí señalan que de tener la facultad referida ``habría podido ponerse de manfiesto las necesidades legislativas de un poder político de nuestro país''.
Además, insisten en que la ley pudo haber sido propuesta por la Suprema Corte, pero la responsabilidad de su aprobación es del Congreso, al tiempo que precisan que su intención es la de proponer exclusivamente ``leyes secundarias, y no para modificar la Constitución'', cuestión que pretende despejar dudas sobre los alcances de sus posibles iniciativas de ley.