La Jornada 5 de agosto de 1997

Interpusieron la primera demanda de amparo contra la ley del IMSS

Angeles Cruz Ť Con la presentación de la primera demanda de amparo contra la Ley del Seguro Social, ayer se iniciaron las acciones que buscan demostrar que dicha legislación es anticonstitucional y antisolidaria, al imponer un sistema de ahorro privado individual y sujeto a riesgos financieros, así como limitar el seguro de guarderías, destinando parte del mismo a prestaciones sociales.

Néstor de Buen, abogado laboral e integrante del Frente de Defensa de la Seguridad Social, señaló que seguramente la resolución final de la demanda se dará en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y ``esperamos que así como ha resuelto otros casos que nunca nos imaginamos, la Corte tenga el buen ánimo de impartir una adecuada justicia en éste''.

Detalló que ya se han entregado decenas de copias de la demanda de amparo a sindicatos y trabajadores en lo individual para que ellos también presenten el recurso ante los juzgados antes del 12 de agosto próximo.

Acompañado de los diputados electos Ricardo García Sáinz y Asa Cristina Laurell y del senador José Angel Conchello, el jurista explicó que la ley referida viola de manera fundamental la fracción XXIX del apartado A del artículo 123 constitucional que se refiere a la utilidad pública de la ley del Seguro Social, que debe comprender seguros de invalidez, vejez, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro relacionado con la protección y el bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares.

Luego de entregar la documentación respectiva en la oficialía de partes de los juzgados de distrito en materia administrativa del Distrito Federal, de Buen detalló que en la vieja ley del IMSS existía la obligación del instituto de pagar al trabajador lo que le correspondiera en caso de alguna contingencia. Con la ley en vigor, se devuelve al afectado lo mismo que ha entregado a su fondo de ahorro ``naturalmente con las pérdidas que resulten de las equivocaciones financieras de las Afore y Siefore''.

Explicó que la nueva ley no es solidaria porque se individualizan las prestaciones pues cada quien tiene su propia cuenta con todos los riesgos que ello supone, e incluso así lo previenen los contratos que se firman con las Administradoras de Fondo para el Retiro (Afore). Al momento del retiro, explicó, el trabajador recibe sólo lo que haya podido ahorrar.

La solidaridad significa que todos debemos responder de los riesgos de todos, es decir, que no habrá peligro de falta de recursos para cubrir las obligaciones con los trabajadores; ese es el principio de la seguridad social, abundó de Buen.

Un tercer aspecto de la demanda de amparo se refiere al seguro de guarderías. La Constitución establece que éste deberá ser autónomo con una cuota propia. En la ley que se impugna se establece que la cuota del 1 por ciento del seguro será compartido con las prestaciones sociales. La anticonstitucionalidad proviene de combinar dos seguros en uno solo, indicó.

La demanda de amparo interpuesta el día de ayer señala como autoridad responsable de la violación de la Constitución al Congreso de la Unión por haber expedido el decreto de aprobación de la ley del IMSS; al presidente de la República, por haber promulgado y ordenado publicar la legislación; y al secretario de Gobernación, por haber refrendado la promulgación de la ley que se impugna.

Los quejosos reclaman la inconstitucionalidad de los artículos de la ley del Seguro Social, del 152 al 164, del 167 al 169, del 170 al 173, ``sólo en la medida en que se sustenta el esquema de la individualización de las cuentas, pero no del compromiso del gobierno federal de garantizar, con recursos propios, las pensiones''.

Asimismo, se demanda el amparo en contra de los artículos 174 al 200 en cuanto instrumentan la creación de las Afore y de las sociedades de inversión especializadas de Fondos para el Retiro y por integrar la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.

Respecto del seguro de guarderías, se impugna el artículo 211 de la legislación y el 17 transitorio que ordena que los fondos de las subcuentas del seguro de retiro se transfieran a las Afore, y faculta a la Consar para dictar normas de carácter general.

A su vez, García Sáinz comentó que en la Legislatura que iniciará sus trabajos en septiembre se analizará la elaboración ``de la reforma de la reforma de la ley del Seguro Social''. Por lo pronto, con la demanda de amparo, el Frente de Defensa de la Seguridad Social busca que se garantice el ejercicio pleno de los derechos de los afectados.

Se trata, agregó, de lograr un sistema más justo mediante el pleno cumplimiento de la legalidad, con leyes cada vez más claras y apegadas a la Constitución.