La Jornada 14 de julio de 1997

En el Senado, otro revés al PRI

Mireya Cuéllar Ť El Instituto Federal Electoral (IFE) concluyó anoche en todos sus consejos el conteo de votos emitidos el domingo 6 de julio. Las cifras revelan que por primera vez México tendrá un Poder Legislativo totalmente plural, que deberá consensar entre fuerzas políticas todas las modificaciones constitucionales y legales.

El PRI perdió la mayoría calificada en el Senado -necesaria para las reformas constitucionales- y en la Cámara de Diputados ni siquiera alcanzó la mayoría simple, indispensable para los cambios legales.

De los ocho partidos que participaron en la disputa -en la que votó 57.87 por ciento de los ciudadanos en listas-, tres perdieron el registro (PPS, PC y PDM), tres prácticamente se repartieron el país (PRI, PAN y PRD) y dos más se convirtieron en la chiquillada (PT y PVEM). Los que perdieron el registro no podrán buscarlo sino hasta dentro de seis años.

En total, el 6 de julio votaron 30 millones 214 mil 419 mexicanos, pero 859 mil 920 sufragios fueron anulados (porque los ciudadanos marcaron más de un emblema o sufragaron por candidatos no registrados).

Los cálculos extraoficiales del IFE indican (porque todavía están pendientes las impugnaciones ante el Tribunal Electoral) que el PRI tendrá en el Senado para la próxima Legislatura un grupo parlamentario de 70 miembros, el del PAN será de 33, el del PRD de 16, y PT y Verde Ecologista tendrán un senador cada uno. Para hacer mayoría calificada en el Senado se requieren 85 votos -son 126 lugares- y ninguna bancada los tiene por sí misma.

Los porcentajes de la votación para senador dados a conocer anoche indican que de los 32 escaños que se jugaron el 6 de julio el PRI se adjudicó 13, Acción Nacional nueve, el PRD ocho, el PT uno y el Verde uno. Para estos comicios los partidos presentaron listas con 32 candidatos -que era el número de posiciones en disputa- y se repartirán en función del porcentaje de votos que obtuvo cada partido.

El IFE informó que el PRI alcanzó en la elección de senadores 38.48 por ciento del total de votos válidos ( 11 millones 266 mil 155), el PAN 26.92 (7 millones 881 mil 121), para el PRD fue 25.83 (7 millones 564 mil 656), el Verde se quedó con 4.03 (un millón 180 mil 4 votos) y el PT con 2.55 por ciento (745 mil 881 votos).

Respecto de la elección de diputados federales, la tendencia anunciada desde las primeras horas del 7 de julio se confirmaron. De las 500 curules de la Cámara de Diputados, el PRI obtuvo 239, PRD 125, PAN 122, Verde ocho y PT seis.

Así se conformaba anoche la repartición extraoficial en función de los resultados que todavía pueden ser impugnados por los partidos, lo cual propiciaría cambios en la composición.

De los 500 asientos de la Cámara de Diputados, 300 se ganaron en cada uno de los distritos: 164 por el PRI, 70 por el PRD, 65 por el PAN y uno por el PT.

Los restantes 200 lugares se asignan según el porcentaje de votos para diputados de representación proporcional que obtuvo cada partido, por lo que el PRI se adjudicó 39.10 por ciento del total (11 millones 477 mil 911 sufragios), el PAN 26.61 (7 millones 810 mil 492), PRD, 25.72 (7 millones 548 mil 986), PVEM 3.81 ( 1 millón 119 mil 180), PT 2.58 por ciento (757 mil 589 votos).

Con el conteo de votos, el IFE concluyó anoche parte de su responsabilidad en este proceso electoral. Ahora inicia el trabajo fuerte para el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ante el cual los partidos políticos podrán impugnar los resultados de la elección a partir de las 8 de la mañana de hoy.

El PRD ya informó que impugnará tres distritos de Chiapas, entre ellos el 3 de Ocosingo, donde 101 casillas no funcionaron porque o no fueron instaladas o ya colocadas las robaron o incineraron.

Acción Nacional dijo, a través de Juan Antonio García Villa, su representante ante el IFE, que impugnarán los resultados de una docena de distritos de Chiapas, Veracruz y Puebla. El PRI, hasta el viernes pasado, había decidido inconformarse con el resultado de 27 distritos de todo el país.

Cuando el Tribunal resuelva las impugnaciones, el IFE podrá asignar las 200 diputaciones de representación proporcional y los 32 asientos del Senado. Esto deberá ocurrir a más tardar el 23 de agosto. Las resoluciones serán definitivas para la integración de las Cámaras porque sus decisiones, que son inapelables, pueden variar los porcentajes de la votación por anulación de comicios, como se prevé para el caso de Chiapas.


Jesús Aranda Ť A más tardar, el 31 de agosto se declararán oficialmente validadas las elecciones federales de diputados y senadores realizadas el 6 de julio pasado y quedarán configuradas en definitiva las Cámaras de Senadores y Diputados.

De acuerdo con el código electoral vigente, en esa fecha el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolverá los juicios de inconformidad que presenten los partidos políticos.

El proceso de impugnación de los resultados se inició cuando los 300 consejos distritales electorales entregaron las constancias de mayoría a sendos diputados federales electos por mayoría, el miércoles pasado, los partidos y los candidatos a diputados contaron con cuatro días (este proceso abarca siete días) para interponer los juicios de inconformidad que pueden llevar al TEPJF a rectificar cómputos en casillas, anular la votación en los distritos electorales, e inclusive, como resultado de estos cambios, asignar las curules a los diputados de mayoría.

Los cambios en los resultados incidirán a su vez en la asignación de diputados y senadores de representación proporcional. Todo esto deberá quedar definido antes del primero de septiembre, cuando se instale el periodo ordinario del Congreso de la Unión.

Los partidos políticos y sus candidatos tienen en el juicio de inconformidad el instrumento legal esencial para combatir una determinación jurisdiccional, en este caso las decisiones de los consejos distritales.

En este sentido, el juicio de inconformidad está diseñado para impugnar los siguientes elementos de la elección del 6 de julio:

Los resultados consignados en el acta de cómputo distrital o en el acta de cómputo de la entidad federativa, la declaración de validez de una elección, la determinación sobre el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez o de asignación de primera minoría en el caso de los senadores, y el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez de los comicios para diputados.

Cabe señalar que el cómputo distrital de los comicios de diputados por el principio de mayoría relativa se integra con la suma de los cómputos de casillas no especiales; mientras que el cómputo de las elección de diputados y senadores de representación proporcional se integra con la suma de las casillas especiales y no especiales. En ambos casos los cómputos pueden ser impugnados.

En este contexto, las causas para impugnar una elección son las siguientes:

Por nulidad de votación recibida en una o varias casillas y por error aritmético en los resultados consignados en las actas de cómputo distrital o de entidad federativa.

El objetivo de presentar los recursos es muy concreto: que el tribunal declare la nulidad u ordene la rectificación de un cómputo.

Si el tribunal considera que los elementos aportados son suficientes para declarar una nulidad, ésta podrá ser de dos tipos y con dos consecuencias distintas: en el caso de graves y numerosas transgresiones legales en una elección de mayoría relativa -como es el caso de los diputados-, la nulidad que se declare afectará a toda la elección, lo cual exigiría la celebración de nuevos comicios. Las irregularidades que afecten la votación de una o varias casillas se traduce en la rectificación de un cómputo que puede afectar los resultados finales de la elección.

Sin embargo, para que éstos recursos sean válidos ante el tribunal electoral, la ley establece una serie de requisitos que de no cumplirse dejan sin efecto el mismo acto de impugnación.

Es decir, la ley considera los ``requisitos de procedibilidad'', cuyo incumplimiento lleva la ``improcedencia o sobreseimiento del asunto''. Estas causas son la falta del ``escrito de protesta'', incumplimiento en el periodo de interposición del recurso y que el documento no se haya dirigido a la autoridad competente.

El ``escrito de protesta'' es aquel mediante el cual un partido expresa su desacuerdo con los resultados consignados en el acta de escrutinio y el cómputo de casilla. El escrito debe contener la existencia de presuntas violaciones cometidas a ley durante la jornada electoral. Además, éste documento deberá haberse entregado al término del procedimiento de escrutinio y cómputo de la mesa directiva, la cual habrá de firmar de recibido. El plazo para la entrega de escrito es el momento previo a la sesión de cómputos distritales del miércoles siguiente a la elección.

En otras palabras, si en los juicios que interpongan los partidos no se incluye el ``escrito de protesta'' con las características citadas, por este solo hecho el recurso será declarado improcedente.

El ``plazo de interposición'' abarca cuatro días contados a partir de la conclusión del cómputo distrital. La inobservancia del requisito conlleva a la ``extemporaniedad'' del recurso.


Elizabeth Velasco y Jesusa Cervantes Ť El PAN impugnará la elección federal de diputados en cuatro entidades (Chiapas, Puebla, Tamaulipas y estado de México) y los comicios locales en tres (San Luis Potosí, Colima y Campeche capital), informó Juan Antonio García Villa, secretario general nacional de ese partido.

El integrante del Comité Ejecutivo Nacional explicó que las diversas irregularidades del pasado 6 de julio provocan que su partido no las avale e interponga recursos de impugnación, primero en el ámbito estatal y, dependiendo de la actitud de los tribunales locales, en el ámbito nacional.

``Actualmente se están documentando las irregularidades para llevarlas ante las instancias locales o en su caso el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación'', dijo.

Sobre el mismo tema, Cecilia Romero Castillo, consejera nacional del PAN puntualizó que en casos como el de Guanajuato, donde el PAN perdió la capital, los panistas Juan Miguel Alcántara y Carlos Medina Plascencia expusieron en la reunión evaluatoria celebrada el sábado pasado por el CEN del partido que ``se analiza la posibilidad de impugnar la elección''.

Romero Castillo explicó que el caso de Guanajuato tuvo su origen en la escasa diferencia de votos en el cómputo final entre PAN y PRI, por lo que había una ``alta posibilidad de impugnar''.

En Chiapas se estaría hablando de los distritos donde se quemó el material electoral, dijo Romero Castillo, aunque no precisó.

Para el caso de Puebla, Ana Teresa Aranda de Orea, presidenta del PAN en ese estado, informó al CEN sobre irregularidades, por lo que Comité Nacional comentó de la impugnación del distrito federal de Atlixco, donde en febrero de 1995 se realizaron elecciones extraordinarias, el de Tehuacán y ``quizá el 11, localizado en la capital''.

Para el caso de las gubernaturas, añadió Romero Castillo, el caso más preciso sobre el que se informó fue el de Colima, donde se habló de unas 80 casillas que presentaron serias irregularidades '' y que ``serán motivo de impugnación también''.

Lo que se determinó en la reunión del CEN, continuó la diputada panista, es que se actuará siempre apegados a la legalidad ``y que sólo en los casos que lo ameriten, dependiendo del rumbo que tomen las resoluciones sobre las inconformidades presentadas, se asumirán actos de corte político''.

``Esto se refiere a movilizaciones, marchas, mítines o plantones, pero eso no significa que se harán como medida de presión sin contar con los elementos que respalden nuestras demandas. Todo acto que realicemos obedecerá a hechos concretos y verdades sobre irregularidades'', expuso.