José Steinsleger
Cruel reminiscencia

La discusión sobre la pena de muerte es tan fronteriza como la discusión sobre futbol, amor, política y poesía. La guerra, no tanto. Ahí se puede opinar de frente: matas o te matan en acciones justificadas por esa criminalidad sublimada ante la cual toda jurisprudencia es nula.

``Soy contrario a la pena de muerte. Sin embargo...'' ¿Cómo?, ¿hay excepciones? Quiero decir... ¿qué quiero decir? ¿Principio tan categórico admite ``excepciones''? Vaya contradicción. ¿Se puede ser contrario a la pena de muerte y estar a favor de la ejecución de nazis, genocidas, torturadores, asesinos en serie o violadores de niñas y niños? Contradicción y dilema: habría que matar a mucha gente. Entonces, que la justicia diga la última palabra. Como en Argentina cuando tras la hipocresía magnánima del perdón (para algunos ``divino'') muchos bebés secuestrados y adoptados por militares descubrieron después que sus padres eran los asesinos de sus padres.

``No matarás'', dice Jehová a Moisés. Y después a Josué: ``...no dejarás enemigo vivo''. Teodora, la muy devota emperatriz de Bizancio, ordenó a sus generales: ``Mátalos a todos; Dios reconocerá a los suyos''. Y en 1945, el poeta Paul Celan balbuceó: ``Después de Auschwitz no existe Dios''. Henri Barbusse lo había entre visto en la primera guerra mundial. Y antes de él Juan Bautista Alberdí, cuando condenó el exterminio del Paraguay. ¿Sirvió de algo? Bill Clinton elogió en 1995 al presidente Truman por haber arrojado las bombas atómicas sobre Japón y en 1992, en plena campaña electoral, demostró ser un buen ciudadano al denegar como gobernador de Arkansas una última petición de un condenado a muerte. Gigantescas montañas de cadáveres de Ruanda, Burundi, Mozambique, Angola. Los 300 mil muertos y desaparecidos de América Latina para defender la plutocracia del ``mundo libre'' ¿eran distintos a las millones de víctimas de la megalomanía estalinista?

¿Qué tiene de justicia y cuál sería la diferencia entre la pena de muerte en contra de un individuo y la decidida sobre todo un pueblo? ``Ninguna'', aseguró Napoleón, un guerrero: ``la pena de muerte es un crimen colectivo que no compromete a nadie''. Catalina II de Rusia fue más perspicaz: ``la frecuente aplicación de la pena de muerte nunca ha hecho mejores a los hombres''. Y el italiano Cesare Beccaria, estudioso del intríngulis, sostuvo que la pena de muerte no está autorizada en derecho alguno (``De los delitos y las penas'', 1764).

En 1973, don Víctor Rico Soblechero, ágil y enjuto viejito catalán que solía participar en las tertulias del café La Habana, me regaló un folleto de 12 páginas intitulado ``Una cruel reminiscencia. Apuntes sobre el viejo debate de la pena capital: análisis del caso Chessman''. Maestro de León Felipe y juez de evasión de capitales en la España republicana, don Víctor escribe en aquel texto publicado en mayo de 1960 por el diario Novedades: ``¿En dónde encuentra el Estado su fundamento para castigar si es capaz de cometer el mismo crimen que trata de corregir?''. Rico Soblechero sostiene que la entrada en capilla del reo ``...significa un tormento moral, una pena muy superior a la misma ejecución de la sentencia original''. Caryl Chessman aguardó 12 años antes de entrar a la cámara de gases. El mismo tiempo que lleva el mexicano Irineo Tristán Montoya. A ninguno se le comprobó nada. A los dos los condenó la ``justicia''.