Derechohabientes ganaron una demanda judicial contra el ISSSTE
Angeles Cruz Ť Durante casi dos meses el ISSSTE dejó de prescribir la hormona de crecimiento a niños con enanismo hipofisiario, a pesar de que pertenecen a un protocolo de investigación de la dependencia y de que algunos de ellos llevan varios años de tratamiento. Esta situación motivó una resolución judicial para que el instituto, en cumplimiento del precepto constitucional que garantiza el derecho a la protección de la salud, no interrumpa la administración del fármaco.
El dictamen señala que la falta del medicamento podría ocasionar daños y perjuicios de imposible reparación en la salud de los pacientes, pues el tiempo que transcurra sin utilizar la hormona de crecimiento ya no es recuperable.
Esta es la segunda ocasión en que la instancia judicial dictamina en favor de los enfermos contra actos de las instituciones del Sistema Nacional de Salud. El primero se debió a la inconformidad presentada por portadores del VIH/sida, ante la suspensión del protocolo humanitario en Conasida.
En este caso, los hechos ocurrieron en el Centro Médico Nacional 20 de Noviembre, del ISSSTE, donde los galenos adujeron el pasado 31 de marzo que está prohibido prescribir y suministrar medicamentos que no estén comprendidos en el cuadro básico y catálogo de medicamentos 1996. Sin previo aviso dieron por cancelados los protocolos de investigación en los que participan los quejosos.
La demanda de amparo presentada ante María Guadalupe Rivera González, juez cuarto de distrito en materia administrativa, señala que la deficiencia de hormona de crecimiento implica que los afectados no crecen de manera natural y normal, además de que son susceptibles de sufrir hipoglucemia que a su vez es causa de crisis convulsivas. Asimismo, el padecimiento genera severos problemas psicológicos en los afectados.
Para contrarrestar el mal, existe la alternativa terapéutica que consiste en el suministro de hormona del crecimiento, la cual es producida por medios biosintéticos, propios de la ingeniería genética, y cuyo costo comercial asciende a 6 mil pesos mensuales para cada paciente.
Temen represalias
La suspensión provisional del acto de autoridad que retrasó el tratamiento médico beneficia a 11 personas. Aunque ya se reinició la prescripción de la hormona, los padres de los pacientes temen por posibles represalias. En principio, señalaron que un médico de apellido Guillén, jefe del servicio de Endocrinología del hospital 20 de Noviembre, habló de la posibilidad de realizar nuevos estudios a los niños para ``comprobar'' que requieren de dicha hormona.
Los padres de familia expresaron su temor porque los estudios podrían afectar, aún más, la precaria salud de sus hijos. En su demanda de amparo mencionaron violaciones al artículo cuarto constitucional que garantiza el derecho a la protección de la salud de los mexicanos. Este precepto tiene como finalidad ``la prolongación y el mejoramiento de la calidad de la vida humana''. También mencionaron incumplimiento de la Ley General de Salud, que en su artículo 27 dispone que los servicios básicos comprenden la atención médica, actividades preventivas, curativas y de rehabilitación, incluyendo la atención de urgencias; así como la disponibilidad de medicamentos y otros insumos esenciales para la salud.
Por su parte el subdirector general médico del ISSSTE, Javier Castellanos Coutiño, descartó que pueda presentarse algún tipo de represalia. Incluso dijo que si mediante el protocolo de investigación se comprueba la efectividad de la hormona del crecimiento, la institución propondrá al Consejo de Salubridad General su inclusión en el cuadro básico y catálogo de medicamentos del sector salud. En entrevista, sostuvo que hasta ahora la hormona de crecimiento no ha demostrado ser ``la panacea ni es la droga mágica para que la gente crezca'', y en cambio existe el riesgo de que su aplicación provoque un crecimiento desproporcionado de las extremidades de los pacientes. Sin embargo, sostuvo que se continuará con el protocolo de investigación.