Fijan a 48 policías fianza de $107 mil por cabeza; otros 5 no podrán salir
Miriam Posada Ť El juzgado décimo de lo penal concedió la libertad provisional a 48 policías acusados de motín, quienes tendrán que pagar una fianza de 107 mil 555 pesos con 45 centavos, lo que equivale aproximadamente a 44 meses con 15 días del salario que reciben.
El juez Gilberto Cervantes explicó que para salir deberán exhibir varias boletas de garantía, una por cumplimiento de obligaciones equivalente a 100 mil pesos, otra por reparación del daño, la cual asciende a 7 mil, y una más por una multa de 555 pesos con 45 centavos. El pago de garantías podrá hacerse a través de fianzas, depósitos, fideicomisos o hipotecas.
Los cinco elementos que no obtuvieron libertad provisional son quienes además de estar acusados de amotinamiento se les fincó el delito de privación ilegal de la libertad. El juez agregó que 17 efectivos solicitaron duplicidad del término para que se les dicte auto de formal prisión, por lo que tendrán oportunidad de presentar pruebas hasta el próximo domingo
Por otra parte, alrededor de las 11:00 horas de ayer, familiares de los detenidos fueron informados que la audiencia iniciaría hasta las 13:00 horas, tres horas más tarde de lo programado, por lo que un grupo de esposas, padres e hijos de los presos iniciaron una huelga de hambre frente a la puerta de los juzgados del fuero común del Reclusorio Norte.
La incertidumbre y desinformación prevalecieron entre más de 200 personas, ya que los abogados desconocían los cargos que se les imputaban a todos los detenidos. Sólo había rumores de que la mayoría estaban acusados de motín y cinco también eran responsabilizados de privación ilegal de la libertad en contra del segundo jefe del Agrupamiento Fuerza de Tarea, José Luis Sánchez, lo cual confirmó más tarde el juez Cervantes.
Los acusados de motín podrían hacerse acreedores a una pena de seis meses a siete años de prisión. A quienes se les identificara como responsables de incitar, motivar, propiciar e incluso financiar un amotinamiento se les fincaría una pena de dos a diez años de cárcel, aunque en ambos casos alcanzan fianza. La privación ilegal de la libertad es un delito grave y quienes hayan incurrido en él no tendrían derecho a caución. Cabe precisar que la pena por este delito puede variar según las circunstancias en las que se cometió.
Los acusados fueron presentados en las rejilla de prácticas a las 14:00 horas y entonces los huelguistas suspendieron su ayuno. Ningún familiar tuvo acceso a la audiencia en donde los acusados negaron los cargos; al menos 20 abogados se hicieron cargo de la defensa y los policías fueron llamados en grupos de cinco para rendir su declaración preparatoria e integrarla al expediente 80/97.
El proceso concluyó alrededor de las siete de la noche y cinco horas más tarde Cervantes dio a conocer la resolución en la que colaboraron cinco jueces más. A su vez, los abogados encargados del caso informaron que no presentarán una demanda en contra de las SSP por la forma en que fueron detenidos los policías, ya que el proceso continuará y además de la parte penal tendrán que enfrentar el proceso administrativo que se les inicie en la SSP a través de la Contraloría Interna y el Departamento de Justicia Policial. Asimismo, trascendió que a las 15:00 horas el juzgado décimo envió vía fax la orden de aprehensión contra 10 elementos que se encontraban arrestados en El Torito, versión que más tarde fue confirmada en un comunicado por la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.