Si es verdad que el diferendo entre la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Academia Mexicana de Derechos Humanos pone en evidencia el pluralismo actual del país, de tal modo que un mismo acontecimiento puede ser leído de distintas maneras por un organismo apartidario y por una dependencia gubernamental, también es cierto que manifiesta la falta de consideración y aprecio con que en muchas ocasiones el gobierno trata a las organizaciones de sus propios ciudadanos, revelando así a todo el mundo la ausencia de condiciones democráticas que todavía existe en nuestro país. La AMDH y otras organizaciones no gubernamentales pueden dar abundantes testimonios en este y otros asuntos, y lo dejan ver con elocuencia las palabras del diputado priísta Sebastián Lerdo de Tejada, lamentablemente miembro de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados y secretario de su Comisión de Participación Ciudadana, el martes pasado: ``el que paga manda, por lo que no valen financiamientos extranjeros... no intervenciones'' (Reforma, 26 de marzo, p.4A). De este modo, lo que para la AMDH es simplemente un asunto electoral, que legalmente releva de la competencia del IFE, para la SRE se trata anacrónicamente de un asunto de Estado que comprometería de manera confusa la política exterior de México.
Lo que no puede admitirse es que la Cancillería considere a estas alturas a la Unión Europea como un conglomerado de los gobiernos de 15 países, como lo da a entender la respuesta que José Angel Gurría dirigió el pasado 24 de marzo a siete consejeros, y no de un respetable e influyente organismo multilateral a nivel internacional, con identidad y personalidad jurídica propias. Tampoco se entiende cómo el secretario de Relaciones Exteriores infirió en este caso toda una intervención extranjera del mero título de un Proyecto de una organización cien por ciento mexicana, verdaderamente apartidaria y pluralista, como lo es la AMDH, sobre todo cuando en su respuesta a ésta el 21de enero pasado la SRE afirmó expresamente que en su veto no había incorporado ``ninguna evaluación particular ni sobre el proyecto presentado por la AMDH, ni sobre la Academia misma''. ¿Por qué entonces una respuesta tan diferente a los siete consejeros del IFE, que el 18 de marzo le hicieron saber, entre otras cosas, su preocupación sobre la posición de la Cancillería acerca del financiamiento de la Unión Europea? Si la SRE hubiera leído con detenimiento y buena fe el contenido del Proyecto de la AMDH, cuyo título ya fue cambiado el 13 de marzo del año en curso, habría descubierto sin dificultad que no hay razón para imaginar inaceptables violaciones de nuestra soberanía. No quisiéramos creer que es este último, que basado en el Cofipe propone entre otras cosas la participación ciudadana en la vigilancia y seguimiento de los gastos de campaña, para conocer las condiciones de equidad y detectar irregularidades o acciones ilícitas durante la campaña electoral, así como el monitoreo de los noticiarios de los principales canales de televisión, estaciones de radio y periódicos, ``para evaluar la objetividad, veracidad y oportunidad con que cubren las actividades de los diferentes candidatos a gobernador'', el que sirve de pretexto para argumentar en forma aberrante una supuesta violación de nuestra soberanía.
Lo que pasa es que es el IFE, autoridad electoral nacional, ciudadanizada finalmente luego de reiterados y firmes reclamos del pueblo de México, el que tiene competencia para pronunciarse sobre la legitimidad del Proyecto de la AMDH, no tanto la SRE, y es a él a quien le toca eliminar todos los obstáculos y hacer todos los apoyos para que los organismos ciudadanos mexicanos puedan obtener recursos para la observación electoral.
La única condición que a este respecto señala el Cofipe es que a más tardar 20 días antes al de la jornada electoral, las organizaciones a las que pertenezcan los observadores ``deberán declarar el origen, monto y aplicación del financiamiento que obtengan para el desarrollo de sus actividades relacionadas directamente con la observación electoral que realicen, mediante informe que presenten al Consejo General del IFE'' (Art.5.4).