La Jornada 2 de marzo de 1997

La medida, anticonstitucional: PRD; la Corte debe suspenderla Enfrentar el descontento social, la razón verdadera: centro Miguel Pro Juárez

La vigilancia pública por parte de militares que puso en marcha el gobierno en la ciudad de México es violatoria de los artículos 129, 13 y 29 de la Constitución y por ende la Suprema Corte de Justicia de la Nación debe tomar las medidas necesarias para que se cancele la utilización de soldados como policías en las calles del Distrito Federal, demandó la fracción del PRD en la Cámara de Diputados.

Por su parte, el gobernador de Campeche, José Salomón Azar, externó su opinión favorable al respecto. Dijo que la presencia de militares en esos terrenos, ``no debe sorprender ni asustar a nadie, porque en México ya hemos sido gobernados por militares en el pasado''.

De acuerdo con el vocero de la diputación perredista, el legislador Antonio Tenorio Adame, el artículo 129 de la Carta Magna establece que ``en tiempos de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que los que tengan exacta conexión con la disciplina militar'', lo que ``a todas luces contradice la medida anunciada por el general Tomás Salgado''.

Además, indicó, el mismo artículo constitucional señala que en tiempos de paz ``solamente habrá comandancias militares fijas y permanentes en los castillos, fortalezas y almacenes que dependan inmediatamente del gobierno de la Unión, o en los campamentos, cuarteles o depósitos que, fuera de las poblaciones, estableciere para la estación de tropas''.

Al respecto, Tenorio Adame señaló que también estos preceptos se violentan con la medida del gobierno capitalino, toda vez que los 3 mil soldados que realizarán esas labores tendrán sus campamentos en sitios diferentes a los que marca la Constitución.

Tenorio explicó que también se violenta el artículo 13, en el cual se definen las características del fuero militar y se indica que los tribunales militares en ningún caso podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejército.

Finalmente, consideró que igualmente se vulnera el espíritu del artículo 29 constitucional, ya que se toman medidas sin consultar ni contar con la aprobación previa del Congreso de la Unión para la disposición de militares.

Se enfrentará el descontento social

Por su parte, el centro de derechos humanos Miguel Agustín Pro Juárez, juzgó que la medida ``atenta contra los derechos humanos de los capitalinos, pues los militares están formados y entrenados para combatir al adversario y no para brindar protección y seguridad a los ciudadanos''.

Todo ello --agrega-- ``podría conducir a un incremento de las violaciones de los derechos fundamentales de capitalinos, que estarán en riesgo de ser tratados como enemigos a combatir, en lugar de ciudadanos a proteger''.

Para el centro Pro Juárez, más que la preocupación (oficial) por fortalecer la seguridad pública, la presencia militar en las calles de la ciudad ``podría obedecer a la intención de contener el descontento social provocado por la crisis económica en un año de agitación política por la coyuntura electoral''.

A la vez, dice, la institución militar podría perder su prestigio y legitimidad ``al exponerse al riesgo de la corrupción y otras prácticas viciadas que predominan en las corporaciones de combate al crimen'', y pregunta ``¿con qué equipo contarán esos militares?, ya que se asegura que el que usa actualmente la policía es anticuado. Si se trata de militares con permiso, el equipo que usarán ¿contará también con permiso?''.

Advierte además que la transitoriedad mencionada, podría ir más allá del fin de siglo y prolongarse hasta el fin del actual sexenio, de la misma forma que se argumentó que sería transitoria la presencia de mandos castrenses en la Secretaría de Seguridad Pública, que por lo visto ``llegó para quedarse''. (Oscar Camacho Guzmán, Alma E. Muñoz y Triunfo Elizalde)