Ministros de la Corte entregan al Senado proyecto de ley orgánica
Jesús Aranda Los ministros de la Suprema Corte entregaron al Senado de la República un proyecto de modificaciones a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, mismo que será discutido y aprobado por el Congreso en los próximos días. Entre las propuestas planteadas destacan las que pretenden otorgar nuevas atribuciones a los tribunales de circuito con el propósito de reducir la carga de trabajo del máximo tribunal país.
Las propuestas que entregaron hace unos días los ministros a miembros de la Comisión de Justicia del Senado encargados de elaborar el proyecto de la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial Federal buscan reafirmar el papel del pleno de la Corte como el máximo órgano del Poder Judicial de la Federación, delimitar las facultades del Consejo de la Judicatura Federal y delegar nuevas atribuciones a los tribunales para una aplicación más expedita de la justicia.
Asimismo, los ministros presentan en el documento que entregaron a los senadores --del cual obra copia en poder de La Jornada--sus puntos de vista sobre la integración del Tribunal Federal Electoral, el nombramiento de magistrados electorales y las atribuciones de estos.
Mención aparte merece la reglamentación propuesta al artículo 97 constitucional sobre la facultad de la Corte para investigar las violaciones graves a las garantías individuales, según la cual, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) nombrará a alguno de los ministros, magistrados o jueces del Poder Judicial Federal ``cuando así lo juzgue conveniente'' para averiguar ``únicamente'' hechos que constituyan una ``grave violación'' de alguna garantía individual.
De esta manera, la SCJN contaría con un plazo de 30 días para determinar la procedencia de la solicitud hecha por el Presidente de la República, algún gobernador o alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión. Para ello resolvería el pleno de ministros ``discrecionalmente'' sobre la oportunidad y conveniencia de investigar. Exige la propuesta que ``todas las autoridades'' requeridas presten el auxilio que sea solicitado por los comisionados de la Corte, porque de lo contrario la presidencia de la Corte adoptaría las medidas necesarias.
Para evitar polémicas, el documento plantea que el dictamen del pleno sobre estos asuntos se notifique ``a quien hubiese formulado la petición de investigación, salvo que ésta se haya iniciado de oficio, caso en el cual se comunicará de igual forma a las autoridades que la propia resolución determine''. El pleno de la Corte, enfatizan los ministros en su propuesta, ``no prejuzgará sobre la probable responsabilidad penal de persona alguna''.
Por lo que toca a la delegación de funciones, las modificaciones a la Ley Orgánica proponen que las salas de la Suprema Corte puedan remitir a los Tribunales Colegidos de Circuito los amparos en revisión sobre cuyos asuntos ya se hubiese establecido jurisprudencia. Además se propone los Tribunales Unitarios de Circuito conozcan de los juicios de amparo promovidos contra actos de otros Tribunales de Circuito que no constituyan sentencias definitivas, así como de las apelaciones en los asuntos conocidos en primera instancia por los juzgados de distrito con motivo de delitos considerados no graves; de las controversias que se susciten entre los jueces de distrito sujetos a su jurisdicción (de los Tribunales Unitarios de Circuito), excepto en los juicios de amparo.
Se busca también darle competencia legal a los Tribunales Colegiados de Circuito para conocer el llamado ``amparo adhesivo'' que se espera sea incluido en la nueva Ley de Amparo. Se plantea también la creación de tribunales especializados en materia de apelación.
Por otro lado, además de especificar los límites de acción del Consejo de la Judicatura, los ministros proponen la modificación de los criterios para elegir a los magistrados de circuito. El proyecto de ley hecho en el Senado propone que sea a través de un concurso de oposición; mientras que los ministros se manifiestan por un concurso de méritos en el que se tomen en cuenta los antecedentes de los jueces de distrito, secretarios de estudio y cuenta, secretarios y subsecretarios de acuerdos que serían los únicos con posibilidad de concursar.
Tribunal Federal Electoral
El proyecto de los ministros coincide con el de los senadores en el sentido de que las salas Superior y Regionales (cinco) estén constituidas por siete y tres miembros, respectivamente; que los magistrados electorales de la Sala Superior duren 10 años en su encargo, que el presidente la misma sea elegido por sus compañeros para un lapso de cuatro años sin reelección para el periodo siguiente. Los magistrados de las salas regionales durarían ocho años improrrogables en su cargo.
Respecto a la integración de las salas, los ministros proponen que los magistrados sean electos por las dos terceras partes de los senadores presentes, o en su caso de los miembros de la Comisión Permanente del Congreso, a propuesta de la SCJN. Asimismo, se propone que la Corte envíe ternas al Senado para la elección de magistrados electorales, tal y como lo hizo para la conformación del Tribunal Federal Electoral, en la que enviaron un total de 66 nombres de aspirantes al Senado, 21 para la Sala Superior y 45 para las salas regionales.