La Jornada 16 de octubre de 1996

Aprueba el Senado por vía rápida la reforma contra el crimen organizado

Ismael Romero Con dispensas de trámites y en una sola sesión, el Senado de la República aprobó anoche el dictamen de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y una iniciativa de las comisiones revisoras que modifica cinco ordenamientos jurídicos, para dar plena aplicación a la nueva norma, y en los cuales se establecen sanciones de 6 a 12 años de prisión y multa de 300 a 600 días de salario a quien intervenga comunicaciones privadas sin mandato de autoridad competente.

La misma pena se aplicará a quien revele, divulgue o utilice indebidamente o en perjuicio de otro, información o imágenes obtenidas en una intervención de comunicación privada.

La nueva ley establece que podrán ser objeto de intervención las comunicaciones privadas que se realicen en forma oral, escrita, por signos o mediante el empleo de aparatos eléctricos, electrónicos, mecánicos, alámbricos o inalámbricos, sistemas o equipos informáticos, así como por cualquier otro medio o forma que permita la comunicación entre uno o varios emisores y uno o varios receptores.

Los senadores aprobaron, dentro del paquete de cinco ordenamientos jurídicos, sanciones con multa de 10 mil a 50 mil días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal a los concesionarios o permisionarios que intervengan o permitan la intervención de comunicaciones sin que exista mandato de la autoridad judicial competente, o que no cumplan con la orden judicial de intervención. Asimismo, deberán pagar la reparación del daño que resulte y en caso de reincidencia se duplicará la multa.

La sesión del Senado inició a las cinco de la tarde y a las nueve de la noche, por unanimidad del pleno, la nueva ley quedó aprobada, así como el decreto de adiciones y reformas al Código Penal para el Distrito Federal en materia de fuero común, y para toda la República en Materia de fuero federal, el Código Federal de Procedimientos Penales, la Ley de Vías Generales de Comunicación, la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

En este último caso, el pleno senatorial autorizó la dispensa de todos los trámites, por considerarlo de ``urgente y obvia resolución''. El paquete se votó junto con el dictamen de la ley, en un solo acto, con dos modificaciones propuestas, a última hora, por el coordinador de la bancada del PRD, Héctor Sánchez. En lo general y en lo particular, las iniciativas recibieron el voto aprobatorio de los 111 legisladores presentes en el recinto.

La Ley Federal contra la Delincuencia Organizada fue aprobada luego de más de un año de análisis y con más de 70 cambios a su texto original enviado por el Ejecutivo federal, en marzo pasado. El documento, se dijo, contiene 44 artículos que crea nuevos y más eficaces instrumentos para luchar contra el crimen organizado.

De este modo, se establece que cuando tres o más personas acuerden organizarse o se organicen para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer alguno a algunos de los delitos, serán sancionadas por ese solo hecho, como miembro de la delincuencia organizada: terrorismo, contra la salud, falsificación o alteración de moneda, operaciones con recursos de procedencia ilícita (lavado de dinero), acopio y tráfico de armas, tráfico de indocumentados, tráfico de órganos, asalto, secuestro, tráfico de menores y robo de vehículos.

La delincuencia organizada quedó tipificada como un delito que será sancionable por sí mismo. Por ello, sin perjuicio de las penas que correspondan por el ilícito o ilícitos que se cometan, a los miembros de las bandas se les aplicarán penas de entre 10 a 40 años de cárcel y de 500 a 25 mil días de multa.

En todos los casos, se decomisarán los objetos, instrumentos o productos del delito, así como los bienes propiedad del sentenciado y aquellos respecto de los cuales éste se conduzca como dueño, si no acredita la legítima procedencia de dichos bienes.

Cuando se trate de cualquier servidor público (esta fue una de las propuestas del PRD, ya que sólo se consideraba a las autoridades judiciales), a éste se le castigará además con la destitución e inhabilitación para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión públicos.

La delincuencia organizada será investigada y perseguida por una unidad especializada de la PGR. Y los delitos relacionados con ésta sólo podrán ser conocidos por el Ministerio Público de la Federación y las autoridades judiciales federales.

De acuerdo con la nueva reglamentación, las órdenes de cateo solicitadas por el MPF deberán ser resueltas por el juez, en los términos de ley, dentro de las 12 horas siguientes a su solicitud.

En lo que se refiere a las intervenciones de las comunicaciones privadas, éstas sólo podrán ser solicitadas por el procurador general de la República o el titular de la unidad especializada, por escrito, al juez de distrito.

La ley establece que será el Consejo Técnico de Bienes Asegurados, previsto en la Ley Orgánica de la PGR, el encargado del resguardo, en esta materia, cuando se trate de actos del MPF. Asimismo, contiene un capítulo para la protección de testigos y autoridades y otro para reducir penas, hasta en dos terceras partes, a los miembros de la delincuencia organizada que colaboren con la justicia. De manera adicional permite a la PGR pagar recompensa a las personas que colaboren con la autoridad.

Por lo que corresponde a las reformas a los ordenamientos jurídicos mencionados con anterioridad, los senadores aprobaron que la PGR estará obligada a integrar un registro público de los bienes asegurados, y que en ningún caso se procederá al cierre o suspensión de actividades de establecimientos productivos.

En el caso de las intervenciones de comunicaciones privadas en los estados, éstas sólo serán autorizadas cuando la solicite el titular del Ministerio Público de la entidad, y él será el responsable de las mismas, cuando se trate de los delitos de homicidio, asalto en carreteras o caminos, robo de vehículos, privación ilegal de la libertad o secuestro y tráfico de menores.

A nombre de las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos (primera sección), el senador José Trinidad Lanz Cárdenas dijo en tribuna que pocas leyes han merecido tanta reflexión y cuidado como la aprobada. No es un trabajo perfecto, pero sí meticulosamente pensado y consensado con los órganos que se encargarán de su aplicación, señaló.

El perredista Héctor Sánchez reconoció el trabajo de las comisiones revisoras y se pronunció porque los delitos electorales se incluyeran en la Ley. Pidió que junto con la creación de este nuevo ordenamiento se implementen mecanismos que frenen la delincuencia.

El también perredista Félix Salgado destacó que el problema no es la creación de leyes, sino su aplicación correcta. Las iniciativas pasaron a la Cámara de Diputados para su revisión y votación