La Jornada 1 de octubre de 1996

LA FISCALIZACION DE LA CUENTA PUBLICA

Las comparecencias de subsecretarios y otros funcionarios que se realizan en estos días para revisar la Cuenta Pública del año pasado, en sus rubros sectoriales, constituyen uno de los primeros pasos en el lento proceso institucional de revisión de las cifras más generales del gasto del sector público de 1995. El paso final será el Informe de Resultados de la Contaduría Mayor de Hacienda, a ser entregado el 10 de septiembre de 1997, y aún faltará el seguimiento de una serie de casos. Al final, todo este proceso quedará en recomendaciones y observaciones, dadas las actuales limitaciones legales del Poder Legislativo.

Esa lentitud en el proceso, estipulada por la legislación actual, determinó que apenas la semana pasada se dieran a conocer los resultados de la revisión de la Cuenta Pública de 1994, siendo la más notoria de las cerca de tres mil irregularidades detectadas, la falta de registro de pagos por la privatización de Telmex.

La cabal transparencia en la administración pública que la sociedad demanda requiere de mecanismos de fiscalización confiables, autónomos y ágiles. Los grandes avances que han tenido lugar en la computación y en general en la automatización de los procesos de información desde que se promulgó la actual legislación al respecto, justifican ampliamente que los plazos legales relacionados con la revisión de la Cuenta Pública sean sustancialmente reducidos. Desde las perspectivas política y económica, la eficacia y la eficiencia de ese proceso reclaman ese mismo cambio: no hay razón para que el ejercicio presupuestal de hace dos años, así como las irregularidades que pudieran haber ocurrido en él, se examinen, discutan y detecten a veinticuatro meses de distancia.

Otra reforma legal necesaria es, sin duda, la integración de un órgano superior de fiscalización, dependiente del Congreso de la Unión y con facultades más amplias que la actual Contaduría Mayor de Hacienda. Cabe recordar que el presidente Zedillo formuló hace ya tiempo una iniciativa en este sentido. Toca al Legislativo corregir la cuestión del nombramiento del auditor --que, según la propuesta, sería el titular del nuevo organismo de fiscalización--, una facultad que no debe corresponder al Ejecutivo, en la medida en que ello implicaría que el fiscalizado nombrara a su fiscalizador.

Finalmente, en lo que corresponde a la supervisión de los dineros públicos, en los términos actuales no hay proporción entre un proceso tan amplio y complejo y las limitadísimas facultades del Congreso y sus órganos. A lo más que se puede llegar ahora es a que los legisladores propongan a la Procuraduría (en lo penal) o a la Secodam (en lo administrativo) que procedan en sus respectivos ámbitos; pero se trata de una mera recomendación, no de una orden, ya que ni la PGR ni la Secodam, que son instancias del propio Ejecutivo, están obligadas a proceder en ningún sentido. En materia de vigilancia de los recursos públicos, sería deseable dotar al Legislativo de facultades para denunciar directamente ante el Judicial a funcionarios en cuyo desempeño se presuma la comisión de violaciones a la ley.

De esta forma será posible avanzar hacia el fortalecimiento de la división de poderes y a una significativa reducción de los márgenes de corrupción, así como inducir una mayor probidad en el ejercicio de cargos públicos; todo lo cual redundará en favor de la transparencia, la honestidad y la democracia, y contribuirá a contrarrestar el descrédito que afecta a la vida de las instituciones