La Jornada 4 de agosto de 1996

Hay que juzgar a Domiro García y De la Sota por no cumplir su deber

Roberto Garduño y Juan Manuel Venegas /I parte El general Domiro García Reyes y Fernando de la Sota Rodalléguez deben ser sometidos a juicio porque ``no impidieron el homicidio de Luis Donaldo Colosio, cuando su deber era actuar para ello''. El artículo séptimo del Código Penal establece el razonamiento jurídico que atribuye al militar y al jefe del grupo Omega responsabilidad en el crimen, por omisión.

Mariano Albor, especialista en materia penal, explicó que el procurador Antonio Lozano Gracia y el fiscal Pablo Chapa Bezanilla ``por incapacidad o desconocimiento jurídico'' no han recurrido a lo que la ley establece.

Polemista, no acusa, invita al debate: que la autoridad nos diga por qué no ha aplicado este artículo y Lozano Gracia ``no nos salga con el discurso moralino, conservador panista, de la regañada que le soltó a García Reyes en su último boletín de prensa'', donde lo acusa de ``faltar al honor'' al hacer público su testimonio en el libro Domiro.

Albor cuestiona la actuación de los responsables de la seguridad del candidato presidencial: Hubo un delito de resultado material? Sí. Alguien tenía deberes de cuidado? Sí Se omitieron esos deberes? Sí. Entonces, a Domiro García y a Fernando de la Sota les es atribuible la muerte de Colosio por omisión.

El 10 de enero de 1994 el Diario Oficial de la Federación publicó la reforma al artículo séptimo del Código Penal. El penalista relee el nuevo contenido del precepto:``Artículo siete. Delito es el acto u omisión que sancionan las leyes penales.

``En los delitos de resultado material también será atribuible el resultado típico producido al que omita impedirlo, si éste tenía el deber jurídico de evitarlo. En estos casos se considerará que el resultado es consecuencia de una conducta omisiva, cuando se determine que el que omite impedirlo tenía el deber de actuar para ello, derivado de una ley, de un contrato o de su propio actuar precedente''.

Albor dijo que las autoridades judiciales deben orientar a la sociedad, lo que no se logra con filtraciones que más bien confunden. Explicó que Domiro tenía un deber de cuidado y su actuación en Lomas Taurinas tipifica un delito doloso.

``El homicidio es un delito de resultado material, porque en la ley hay delitos de resultado material y de peligro. El de resultado es aquel en el que hay una transformación de la realidad, es decir, la vida se convierte en muerte. En éstos, también será atribuible el resultado típico al que omita impedirlo. Si Domiro tenía el deber jurídico de evitarlo, en el caso (el homicidio de Colosio) se considerará que el resultado es consecuencia de una conducta omisiva'', abundó el maestro universitario, uno de los penalistas más destacados del país.

Estos errores no son sólo atribuibles al equipo de Lozano. Antes incurrieron en ellos el ex procurador Diego Valadés y los fiscales Miguel Montes y Olga Islas. ``Estaba la ley nuevecita'' cuando Valadés y Montes se encargaron del caso.

``No sé si Lozano y Chapa desconozcan el Código, me temo que sí; pero sí me consta que por lo menos el equipo de Montes admitía desconocerlo. No me explico qué hizo Islas, que eso sí, acaba de participar en un seminario internacional con una cátedra sobre el comportamiento del jurista y la procuración de justicia''.

Albor aseguró: ``Soy un estudioso del derecho penal. Toda mi vida lo he sido, a la Facultad de Derecho de la UNAM asistí a estudiar. Yo no fui como Jorge Carpizo sex appeal en la escuela, y a lo mejor él tuvo mejor promedio que yo, pero !vaya!, mi deber en la vida ha sido preguntar y yo les pregunto ahora: Conocen el artículo séptimo del Código Penal?''.Esas omisiones constituyen el fondo de la maraña que se ha entretejido en los medios, ``donde yo veo poco sustento jurídico y muchas acusaciones de tipo personal que no conducen a nada... A los ciudadanos no les podemos exigir que sean teóricos del derecho, pero sí a las autoridades, que tienen la responsabilidad de conocerlo''.

La tormenta de declaraciones y las confusiones generadas en torno del caso Colosio, a decir de Mariano Albor, obligan a las autoridades, a los juristas y a los medios a replantear el trabajo de los últimos dos años para ofrecer credibilidad al pueblo de México.

El penalista desmenuzó cada una de las principales pruebas del proceso contra Othón Cortés que en primera instancia será absuelto o condenado en los próximos días. Una sola duda en torno de la validez de las pruebas propiciará la absolución, consideró.