Miguel Concha
Reforma incompleta

El pasado 25 de julio se anunció oficialmente que había sido alcanzado el acuerdo para la reforma electoral entre los principales partidos políticos del país. Luego de más de un año de escabrosas negociaciones, en las que algunas de las partes se retiraron momentáneamente de la mesa de Bucareli para ejercer presión, con el objeto de que sus posiciones quedaran incluídas, por fin se llegó a lo que consideramos puede ser el principio de una reforma que dé curso a la transición democrática que México necesita de manera imperiosa. Sin desestimar el valor específico de este acuerdo inicial, pensamos que se trata sólo de una primera etapa, porque todavía hace falta ver la manera en que se va a llevar a la práctica la experiencia enseña que una cosa es lo que se dice y otra muy distinta lo que luego se hace, y porque falta mucho por hacer en la misma reforma para lograr que la ciudadanía sea tomada en cuenta directamente como parte fundamental sine qua non del quehacer político.

En efecto, formas decisivas de participación ciudadana quedaron fuera del acuerdo, a pesar de las reiteradas demandas y de las positivas señales que habían emanado de la Secretaría de Gobernación: el secretario Emilio Chuayffet había dicho en la conmemoración del natalicio de Benito Juárez que se estudiaba ``la posibilidad de que la Constitución enumere una serie de decisiones políticas fundamentales que no podrán cambiarse ni siquiera por el Poder Constituyente Permanente, sino a través del referendo del pueblo''. Al final vemos con desencanto que ni el referéndum ni el plebiscito ni la iniciativa popular, formas clásicas de participación directa ciudadana en todo Estado democrático moderno, se incluyeron en las modificaciones legales. En la reforma alcanzada con el acuerdo faltó igualmente la inclusión del derecho ciudadano del mandante a la reclamación de las responsabilidades legales y políticas de los funcionarios sus mandatarios, el famoso derecho de reclamación, y la obligación de éstos de rendirle puntuales cuentas al soberano, es decir, al pueblo. Y tampoco se incluyó el derecho de revocación del mandato en el caso de que éste, como de hecho sucede, no atendiera las demandas legítimas de la mayor parte de la ciudadanía.

De igual manera no se establecieron los debidos e indispensables pesos y contrapesos, jurídicos e institucionales, que podrían conducir a la desconcentración de los excesivos poderes de hecho y de derecho que posee el Presidente de la República.

Naturalmente que esta reforma debe ser entendida como el producto lógico de la negociación llevada a cabo exclusivamente entre quienes aún ahora mantienen en sus manos el control monopólico sobre la participación electoral: los representantes de los principales partidos políticos. Que quede claro que en la mesa de Bucareli no estuvieron representadas, ni con voz ni con voto, las organizaciones ciudadanas.

Reconocemos, sin embargo, que entre lo positivo de los acuerdos está el hecho de que de ahora en adelante el TRIFE se incorpora al Poder Judicial; que la afiliación a los partidos políticos será a título individual, con lo que se busca poner fin al corporativismo; que los mexicanos que se encuentran en el extranjero podrán emitir su voto; que el Poder Ejecutivo no tendrá injerencia en los órganos electorales; que el Consejo General del IFE estará integrado por ocho consejeros electorales y un presidente, que tendrán derecho a voz y a voto, más un representante de cada uno de los partidos políticos que tengan grupo parlamentario en el Congreso con derecho a voz, pero no a voto, y un secretario ejecutivo; que los ocho consejeros electorales del IFE serán electos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados; que el secretario ejecutivo del IFE será nombrado por la mayoría calificada de los integrantes del Consejo General, a propuesta de su presidente; que el financiamiento de los partiidos políticos y sus gastos de campaña tendrán predominantemente un origen público sobre el privado; que ningún partido político podrá tener más de 300 diputados, ni podrá contar con un número de diputados por ambos principios (mayoría y proporcionalidad), que representen un porcentaje del total de la Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida.

Pensamos, por tanto, que todavía es tiempo para perfeccionar, no para revertir, la reforma acordada, reconociéndole en el Congreso de la Unión y en las Legislaturas de los estados su valor protagónico al pueblo, si es que realmente estamos empeñados en construir una auténtica democracia y un Estado de derecho consecuente.