Juicio político a Lozano, piden en la Cámara PRD y defensores de Elorriaga y Entzin
Elena Gallegos y Oscar Camacho Al considerar que en los procesos que se siguieron contra los presuntos zapatistas, el procurador general de la República, Antonio Lozano Gracia, ``afectó intereses públicos fundamentales como son la legalidad y el Estado de derecho'', los defensores de Javier Elorriaga y Santiago Entzin, apoyados por la fracción parlamentaria del PRD, solicitaron formalmente se le entable juicio político.
La demanda ofrece como fundamento los artículos 109 y 110 constitucionales y califica como ``muy grave'' que el titular de una institución que debe actuar de buena fe y que está encargada de dar certidumbre jurídica a la Nación, haya violentado la legalidad a través de actuaciones plagadas de irregularidades y en las que hubo desde torturas y pruebas inconsistentes hasta declaraciones de ``fantasmas'' (en alusión directa a Salvador Morales Garibay).
En uno de los considerandos, incluso, se menciona que la PGR, en el caso de Entzin, violó ``intencionalmente'' el derecho a ser asistido por un abogado o persona de confianza, ya que se acreditó a un traductor de lengua tzotzil, cuando su lengua es el tzeltal, ``irregularidad que vicia de nulidad sus declaraciones autoinculpatorias''.
La solicitud fue presentada ayer al mediodía en la Oficialía Mayor de la Cámara de Diputados. La entregaron el abogado Enrique Flota y los diputados Rosario Robles, Juan Guerra, Mauro González Luna, Carlota Botey e Isabel Molina. La recibió a nombre del oficial mayor Artemio Meixhueiro, el director de Asuntos Jurídico, Miguel Angel Garita Alonso, quien les aseguró que de inmediato se le daría el curso de ley ``como es nuestra obligación''.
Para los demandantes ``el bien que se quiere salvar con esta denuncia es el de la certidumbre jurídica para todos los ciudadanos'', de ahí que se exprese reiteradamente que ``la actuación de Lozano Gracia a cargo de la PGR ha minado la confianza de la sociedad ``con el cúmulo de irregularidades cometidas, personajes inventados y actuaciones increíbles, que en nada contribuyen a fortalecer la convivencia social''.
De acuerdo con la solicitud, el procurador ha contribuido a menoscabar la certidumbre ciudadana, en lugar de solucionar o evitar problemas para mejorar las condiciones de la colectividad, y en el caso concreto de los supuestos zapatistas lo mismo los de Yanga que los del estado de México, que Elorriaga y Entzin ``violó sistemáticamente sus garantías'' y con ello a la sociedad que espera de cualquier funcionario una actuación impecable.
En el texto se vuelven a recordar las contradicciones en las que cayó el procurador, ya que mientras en Lima, Perú, sostuvo que el EZLN no es una organización terrorista, en Tuxtla Gutiérrez se condena a Elorriaga y Entzin por el delito de terrorismo, con base a la acusación formulada por la PGR y reiterada en sus conclusiones.
``En cualquier caso agrega ha quedado en evidencia la ligereza del procurador y su proclividad a mentir''.
Consideran ``urgente'' que el titular de esa dependencia asuma sus responsabilidades políticas en el caso de los zapatistas, independientemente de que las infracciones cometidas por él a lo largo de su gestión ``configuren o no delitos sancionados por la legislación penal''.
Más adelante, precisan que la denuncia está fundada en los artículos 108, párrafo primero; 109, fracción I, y 110, párrafos primero y tercero al sexto de la Constitución, así como en los artículos 1o., 2o., 3o. fracción I, 5o. párrafo primero, 6o., 7o. fracciones III, VI y VII, 8o., y 9o. al 24o. de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
Entre las pruebas que ofrecen para proceder se encuentran: expediente 18/95 ante el Juzgado Primero de Distrito en Tuxtla Gutiérrez, en el proceso seguido a Elorriaga y Entzin; expediente 17/95, del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal del Distrito Federal, en contra de María Gloria Benavides; causa penal 30/95 del Juzgado Primero de Distrito de Toluca, estado de México, en contra de Ofelia Hernández, Patricia Jiménez, Brenda Rodríguez, Celia Martínez, Fernando Domínguez, Gonzalo Sánchez, Joel Martínez y Gerardo López.
Además, el expediente 16/95, del Juzgado Sexto de Distrito en el Distrito Federal en contra de Rosa Hernández, Hermelinda García, Alvaro Castillo, Martín Trujillo, Luis Sánchez, Hilario Martínez y Ricardo Hernández, y el expediente 63/95 del Juzgado Séptimo con sede en Coatzacoalcos en contra de Francisco Alejandro García Santiago.
Los demandantes piden a los legisladores que esas pruebas sean requeridas a los juzgados en los términos del artículo 9o., segundo párrafo, de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
La petición será turnada a las comisiones de Justicia y Gobernación, que a su vez lo harán a la subcomisión de Examen Previo, integrada por legisladores de ambas y encargada por ley de dictaminar en un plazo que no debe exceder los 30 días hábiles.