La Jornada 8 de mayo de 1996

Abogados interpondrán una demanda de juicio político contra Lozano Gracia y el juez Alcántara

Elena Gallegos y Oscar Camacho La defensa de Javier Elorriaga, apoyada por el grupo parlamentario del PRD, interpondrá una demanda de juicio político en contra del procurador general de la República, Antonio Lozano Gracia, y del juez primero de distrito en Tuxtla Gutiérrez, Juan Manuel Alcántara, por considerar que ambos violentaron intereses públicos fundamentales consagrados en la Constitución, como el Estado de derecho y la legalidad, en el juicio de Elorriaga y Entzin.

Además, como parte del proceso de apelación que emprenderá la defensa, se pedirá que se llame como testigo clave al ex secretario de Gobernación, Esteban Moctezuma, quien estaba ``perfectamente'' enterado de que Javier Elorriaga actuaba como correo entre el presidente Ernesto Zedillo y el EZLN al momento de su aprehensión, en febrero de 1995.

Enrique Flota, quien encabeza a los abogados, criticó que Lozano Gracia pretenda eludir su responsabilidad en el caso Elorriaga-Entzin con el argumento de que fue una decisión exclusiva del Poder Judicial, pues apuntó que para dictar sentencia el juez Alcántara se basó en los elementos de la averiguación previa integrada por la PGR contra los presuntos zapatistas. ``La acusación de terrorismo la hace la PGR y el juez sentenció a Elorriaga por terrorismo'', argumentó.

En conferencia de prensa ofrecida en el auditorio de la fracción perredista en San Lázaro, la defensa de Elorriaga detalló las violaciones cometidas por el procurador y dijo que se le exigirá, con base en el artículo octavo constitucional, que estipula el derecho de petición, una definición pública sobre su acusación de terrorismo a Elorriaga, sostenida por la PGR durante todo el juicio, cuando él mismo declaró en Lima, Perú, que el EZLN no es una organización terrorista.

El abogado insistió: ``Que Lozano Gracia aclare si el EZLN es terrorista, como lo sostuvo en el juicio, o no lo es, como lo afirmó en Perú''. En seguida, el diputado Mauro González Luna remató: ``Sus incongruencias (las de Lozano Gracia) ponen al país en una situación delicada''.

Los defensores también interpondrán una queja ante el Consejo de la Judicatura por responsabilidad administrativa del juez en la valoración de las pruebas que ya otro juez, el sexto de Distrito en el Distrito Federal, había desechado en el proceso seguido en contra de María Gloria Benavides, esposa de Elorriaga.

Acompañado de Benavides y de media docena de diputados perredistas, Flota explicó que se demandará juicio político contra el procurador general de la República y el juez Alcántara con base en los artículos 109 y 110 de la Constitución, y que éste procede cuando por ``acciones u omisiones'' se afectan intereses públicos fundamentales, los cuales obligan a los encargados de impartir justicia a garantizar el Estado de derecho y la legalidad.

Agregó que de las 23 pruebas ofrecidas por el Ministerio Público Federal para sustentar su acusación, sólo en cuatro se menciona directamente a Javier Elorriaga; las otras parecen encaminadas a tratar de ``caracterizar'' al EZLN como una organización terrorista, consideró.

En los cuatro elementos de prueba en los que se menciona a Elorriaga es donde se observan ``las más claras violaciones'' cometidas por la PGR: Durante el proceso nunca se presentó el original del acta que contenía la orden de cateo al domicilio de Javier Elorriaga y María Gloria Benavides. Por eso, el juez que tuvo a su cargo el proceso contra Benavides desechó el documento.

En segundo lugar, las declaraciones del acusador, Salvador Morales Garibay, nunca se ratificaron y aquél jamás se presentó a los careos, lo que viola el derecho constitucional que un acusado tiene de conocer al denunciante; incluso ``se duda que este sujeto exista''.

Otro elemento fue la utilización del video Viaje al centro de la selva, en el que el Ministerio Público afirmaba inicialmente que aparecía Elorriaga. Al exhibirse durante las diligencias se demostró que esto no era cierto y que la única mención del inculpado era su rúbrica como uno de los productores del documental.

``Esto coloca a cualquier reportero que haya cubierto el conflicto en Chiapas o a quien haya escrito algo sobre el EZLN, así como a los asesores durante los foros especiales y al mismo Zedillo, por haber intercambiado cartas con Marcos, como un potencial sospechoso de terrorismo y conspiración'', comentó sarcástico Salvador Martínez Della Rocca.

Finalmente, otro elemento que el juez Alcántara valoró como prueba plena fueron las declaraciones de María Gloria Benavides, que un juez en el Distrito Federal descartó por confirmarse que se obtuvieron mediante tortura y presión psicológica.

En tanto, la responsabilidad del juez es haber dado por válidas pruebas que se habían desechado previamente por no reunir los requisitos de ley, lo que hace ilegales las sentencias de 13 y seis años de prisión, respectivamente, dictadas a Elorriaga y Entzin.

``En todo este asunto argumentaron los abogados, Lozano Gracia y Alcántara son igual de responsables, por lo que el procurador no tiene autoridad moral para pretender hacerse a un lado''.

Después, Flota explicó el proceso de apelación de la sentencia dictada por el juez y dijo que podría llevar de tres a cuatro meses. La apelación tendrá que presentarse ante el mismo juez Alcántara, quien deberá turnarla al Tribunal Unitario de Circuito, instancia que resolverá si procede o no.